Tras haberse demostrado su responsabilidad –en calidad de autor– en los delitos contra la fauna silvestre y la tenencia no autorizada de armas de fuego, Vladimir G. fue condenado a un año y seis meses de privación de libertad.
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En la sentencia emitida por escrito, la Jueza de la Unidad Judicial Multicompetente del cantón Palora le impuso también el pago de una multa de siete salarios básicos unificados (3.220 dólares).
Durante la audiencia de juicio directo, el titular de la Fiscalía Multicompetente de Palora expuso que –mediante publicaciones en redes sociales– se promocionaba que en la hostería “Nuevo Amundalo”, ubicada en la parroquia Sangay, los turistas podían observar a una boa constrictora (matacaballo).
Con esta información, la tarde del 7 de febrero de 2024, agentes de la Policía Nacional y funcionarios del Ministerio del Ambiente acudieron al lugar –propiedad del ahora sentenciado– para verificar.
En dos de las habitaciones del inmueble se incautaron dos armas de fuego. Además, dentro de una construcción de madera con malla metálica, se encontró a la boa constrictora.
Fiscalía presentó el testimonio de un especialista en biología del Ministerio del Ambiente, quien indicó que el animal incautado es una boa constrictora, la cual estaba mal alimentada y tenía lesiones como consecuencia de estar dentro de la jaula.
En la diligencia también comparecieron el perito de Criminalística que practicó el reconocimiento de las armas de fuego, quien concluyó que son aptas para producir disparos; los peritos que efectuaron el reconocimiento del lugar de los hechos y los policías que acudieron al inmueble y detuvieron al ahora sentenciado.
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Entre la prueba documental se incluyó: el certificado del Centro de Control de Armas Pastaza, en el que se informa que Vladimir G. no tiene autorización para portar armas de fuego; documentación del Ministerio del Ambiente, en la cual se notifica el inicio de un acto administrativo por la posesión de fauna silvestre; y, la cadena de custodia respecto a las armas incautadas.
Información jurídica
Vladimir G. fue sentenciado con base en el al artículo 247, inciso 1, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que sanciona los delitos contra la flora y fauna silvestres con privación de libertad de uno a tres años; en concurso real de infracciones con el artículo 360, inciso uno, del mismo cuerpo legal, que tipifica y sanciona el delito de tenencia y porte no autorizado de armas con privación de libertad de seis meses a un año.
Por el primer delito fue sentenciado a un año de privación de libertad y por el segundo, a seis meses. Las penas se acumularon, de acuerdo al artículo 20 del COIP (concurso real de infracciones).