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Noboa reconoce la persistencia de un conflicto armado interno

El presidente ordenó el despliegue de las Fuerzas Armadas tras finalizar el estado de excepción

ARCHIVO - Militares patrullan por el perímetro de la cárcel del Inca durante el estado de excepción en Quito, Ecuador, el 9 de enero de 2024, tras la presunta fuga del líder de una banda criminal de otra prisión. Siete personas vestidas con uniforme AP (Dolores Ochoa/AP)

El presidente de la República, Daniel Noboa, firmó el Decreto ejecutivo 218 la noche del domingo 7 de abril, en donde “reconoce la persistencia de un conflicto armado interno en el país”, luego de finalizar el estado de excepción.

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Con este nuevo Decreto, el Gobierno dispuso las siguientes medidas que estarán vigentes durante el conflicto armado interno:

  • A las Fuerzas Armadas: Ejecutar operaciones militares para “prevenir y erradicar la actividad de grupos armados organizados en el territorio nacional”.
  • A la Policía y a las Fuerzas Armadas: Continuar con el despliegue operacional y táctico requerido para neutralizar los ataques armados, amenazas o riesgos orquestados por el crimen organizado, grupos armados organizados o terroristas.
  • La coordinación necesaria para establecer un presupuesto plurianual respecto a la seguridad interna, sistemas de inteligencia estratégica y de contrainteligencia, entre otros.

Además, Noboa declaró a las cárceles como zonas de seguridad, como ya lo había hecho el pasado 7 de marzo cuando extendió por 30 días el estado de excepción, que comenzó en enero. Ante eso, los militares y policías estarán a cargo de “la seguridad intramuros y extramuros, física y procedimental” de las cárceles. No obstante, el ente rector de la seguridad ciudadana debe realizar estudios para delimitar, controlar y ejecutar planes, programas y proyectos correspondientes a las zonas de seguridad en las cárceles.

Se elimina el toque de queda:

Con la finalización del estado de excepción decretado el 8 de enero que duró 90 días, también finalizan las restricciones dispuestas. Es decir, se terminó el toque de queda que regía todavía en 61 cantones de Ecuador. También se suspende la inviolabilidad de correspondencia y de domicilio.

Sin embargo, en este nuevo Decreto emitido el 7 de abril, se establece que el Ministerio de Defensa o el Ministerio del Interior podrán solicitar al Presidente la declaratoria de un estado de excepción en el caso de requerir que se suspendan o limiten derechos fundamentales.

Daniel Noboa decretó el estado de excepción en Ecuador el lunes 8 de enero de 2024, tras confirmarse la fuga de Adolfo Macías, alias ‘Fito’, cabecilla de Los Choneros. La medida fue dispuesta por un plazo de 60 días. Sin embargo, el Presidente extendió la medida por 30 días.

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