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Femicida fue desenmascarado por su propia hija: “no papi, no le haga así a mi mami”

Sujeto fue sentenciado a 26 años por el femicidio de su conviviente.

Femicida fue desenmascarado por su propio hijo.
Femicida fue desenmascarado por su propio hijo. Imagen referencial

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Un Tribunal de Garantías Penales de Cotopaxi dictó sentencia condenatoria en contra de Víctor J. T. y lo condenó a veintiséis años de prisión, como autor directo del femicidio de su conviviente. El hecho ocurrió la noche del 29 de abril de 2023, en la comunidad de Papahurco, cantón Salcedo. La víctima (María C. P.) se encontraba con sus tres hijos –menores de edad– en su domicilio.

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Hasta el lugar llegó su conviviente puesto un pasamontañas de color negro, quien con un arma blanca le propinó 46 heridas cortopunzantes, mismas que le causaron la muerte. Su hija logró quitarle el pasamontañas y se percataron de que el agresor era su padre. Los niños le decían: “no papi, no le haga así a mi mami” y grabaron con el teléfono celular lo ocurrido. Posteriormente, lo empujaron hasta sacarlo del domicilio y llamaron a su abuelo para que los auxilie.

Femicida fue desenmascarado por su propio hijo.
Femicida fue desenmascarado por su propio hijo. Imagen referencial (Cavan Images / Edith Drentwett/Getty Images/Cavan Images RF)

El sentenciado huyó, pero fue detenido más tarde

La Fiscalía demostró la responsabilidad penal de Víctor J. T. con las pruebas expuestas como son la autopsia médico legal, el acta de levantamiento del cadáver, las versiones de personas que acudieron al lugar y la inspección ocular técnica. Así también consta la pericia de reconocimiento del lugar de los hechos, las valoraciones psicológicas de los menores de edad, la pericia de perfil genético, pericias de audio y video, testimonios anticipados de los hijos de la víctima y la autopsia psicológica.

El femicidio se encuentra tipificado y sancionado en el artículo 141 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), mismo que indica: “La persona que, como resultado de relaciones de poder manifestadas en cualquier tipo de violencia, dé muerte a una mujer por el hecho de serlo o por su condición de género, será sancionada con pena privativa de libertad de veintidós a veintiséis años”.

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