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Perrito lucha por su vida tras haber sido violentado en el barrio Divino Niño, al sur de Quito

Realizaron una intervención, con el fin de sensibilizar a los moradores

Imagen referencial
Imagen referencial (Pexels)

El Municipio de Quito informó que un perro de aproximadamente dos años, lucha por su vida tras víctima de abuso y maltrato en el barrio Divino Niño, situado al sur de Quito.

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Personal logró indagar los hechos y recabar información, y confirmaron que el nombre del can es ‘Commu’. “Se encuentra luchando por su vida, tras haber sido violentado”.

Quito: Cómo denunciar maltrato o mala tenencia de animales de compañíaOpens in new window ]

En ese sector de la capital realizaron una intervención, con el fin de sensibilizar a los moradores del sector sobre la normativa legal vigente en materia de bienestar animal y tenencia responsable de animales de compañía.

La Alcaldía reiteró su apoyo a los activistas y a la comunidad que están trabajando para recopilar información que ayude a dar con el responsable de este repudiable hecho, con el fin de llevar el caso ante las autoridades competentes.

Se hace un llamado a la sociedad a la unión para proteger a los animales y promover el respeto hacia todas las formas de vida.

Sanciones del COIP

El Código Orgánico Integral Penal (COIP) establece persona que realice actos de carácter sexual contra un animal que integre la fauna urbana respectiva, lo someta a explotación sexual, lo utilice para actos sexuales propios o de terceros; o, lo ponga a disposición de terceros para actos sexuales, será sancionada con pena privativa de libertad de seis meses a un año.

La persona que realice actos de carácter sexual contra un animal que integre la fauna urbana respectiva, lo someta a explotación sexual, lo utilice para actos sexuales propios o de terceros; o, lo ponga a disposición de terceros para actos sexuales, será sancionada con pena privativa de libertad de seis meses a un año

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Si producto de esta conducta causa la muerte del animal, la sanción será la pena privativa de la libertad de uno a tres años.

Muerte a un animal

En el documento también se indica que al artículo anterior se le agrega: Muerte a animal que forma parte del ámbito de la fauna urbana.

La persona que mate a un animal que forma parte de la fauna urbana será sancionada con pena privativa de libertad de seis meses a un año. Si la muerte se produce como resultado de actos de crueldad será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años.

De hecho, se impondrá el máximo de la pena si ocurre lo siguiente: Actuando con ensañamiento contra el animal, suministrando alimentos componentes dañinos o sustancias tóxicas.

Igualmente, si el animal es cachorro, gerente o hembra gestante, cuando la infracción sea cometida por el dueño o tenedor del animal o por quien esté a su cuidado temporal o permanente.

Abandono animal

La persona que abandone a un animal de compañía será sancionada con trabajo comunitario de veinte a cincuenta horas.

Maltrato animal

La persona que por acción u omisión cause un daño temporal o deteriore gravemente la salud o integridad física de un animal que forme parte del ámbito de la fauna urbana, sin causarle lesiones o muerte, será sancionada con trabajo comunitario de cincuenta a cien horas.

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