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Revise todas las multas que podría pagar si hace mal uso del Metro de Quito

Van de 115 a 460 dólares.

Metro de Quito
Metro de Quito Twitter

Desde el 26 de enero, las personas que incumplan las normas en el Metro de Quito serán sancionadas, hay tres tipos: leves, graves y muy graves que van desde los 115 dólares hasta los 460.

¡Usuario raya paredes del Metro de Quito y es sancionado! El hecho ocurrió en la estación de El EjidoOpens in new window ]

Multas leves (115 dólares)

  • Realizar actividades culturales o artísticas dentro del subsistema, sin la autorización correspondiente.
  • Irrespetar las filas de atención o tránsito en la prestación del servicio
  • Obstaculizar el paso y el embarque de otros usuarios
  • Ingerir alimentos que por su composición puedan generar malos olores y, por ende, molestias a los otros usuarios
  • La persona que ingrese con un animal de asistencia o guía que no recoja los desechos naturales generados por el animal
  • La persona que ingrese con un animal de asistencia o guía que no cuente con la correa, arnés.
  • Apoyarse en las puertas del material rodante, ascensores, puertas de emergencia, puertas cancelas y en los bienes que determine el operador con los carteles informativos o de precaución.
  • Utilizar de manera indebida las escaleras mecánicas, gradas y ascensores de uso general, así como, las instalaciones dispuestos para las personas con discapacidad.
  • Agredir verbalmente a personal interno y externo del “Metro de Quito”.

Multas graves (230 dólares)

  • Sentarse en los pisos, gradas, espacios de desplazamiento del subsistema o del material rodante, con excepción de aquellos casos en los cuales los usuarios/visitantes, por necesidad física o de salud, así lo requieran
  • Fumar, o utilizar vaporizadores o cigarrillos electrónicos, consumir drogas, sustancias estupefacientes o bebidas alcohólicas, dentro del subsistema, así como ingresar bajo el efecto de dichas sustancias.
  • Permanecer en el subsistema una vez que se realice el cierre de las instalaciones o resistirse a desalojar la infraestructura o material rodante que no presten servicio, cuando lo indique el personal autorizado del subsistema.
  • Transportar mercancías u objetos al interior del material rodante que, por su tamaño, dificulte la movilidad del resto de usuarios al interior de las unidades, ya que, el equipaje tendrá un espacio destinado para ello. Las dimensiones y características de los objetos permitidos, serán las definidas por la operadora, en los instrumentos que emita para el efecto.
  • Desplazarse en el subsistema usando patines, patinetas, bicicletas, unidades de tracción a motor u otro dispositivo de movilidad personal, a excepción de la transportación de los coches de bebé o aquellos de uso requeridos por prescripción médica o para personas con discapacidad.

Muy graves (460 dólares)

  • Saltar y realizar movimientos bruscos en ascensores, gradas y escaleras mecánicas, en el material rodante u otra infraestructura del subsistema catalogada por la operadora como delicado o sensible.
  • Obstaculizar o introducir objetos o partes del cuerpo que fuercen la apertura o impidan el cierre de puertas en el material rodante, ascensores, puertas de emergencia, puertas de pasillo u otro acceso que es parte del subsistema
  • Realizar actividades o campañas políticas, proselitistas religiosas o de culto en el subsistema.
  • Utilizar la infraestructura y vehículos de transporte para realizar volanteo, actividades publicitarias y de propaganda, sin previa autorización de la operadora
  • Activar indebida o injustificadamente los dispositivos de emergencia y/o sistemas de alarma en el subsistema.
  • Portar armas de fuego, armas blancas u otro objeto que esté prohibido por la legislación ecuatoriana.
  • Ingresar al subsistema con elementos o productos peligrosos, inflamables, corrosivos, radioactivos o similares que puedan poner el riesgo la salud y seguridad de los demás usuarios/visitantes.
  • Ejecutar cualquier tipo de actos de violencia y/o acoso en contra de otros usuarios, visitantes y servidores(as)/trabajadores(as).
  • Ingresar a las cabinas del material rodante o espacios restringidos por la operadora.
  • Ejercer actividad económica o comercio en el subsistema.
  • Inobservar las indicaciones del personal de la operadora, las cuales tengan como finalidad precautelar la seguridad de los usuarios/visitantes del subsistema.
  • Aprovecharse de los beneficios individuales y personales, tarifarios de la integración y/o transferencia para grupos de atención prioritaria, cuando no sea parte de dicho segmento.
  • Realizar acciones que podrían poner en peligro la integridad física de los usuarios.
  • Manipular el sistema informático para generar beneficios en las tarjetas electrónicas, máquinas de venta y recarga automática, validadores y/o diferentes elementos asociados al sistema de recaudo.
  • Tener cualquier tipo de relaciones sexuales en cualquier parte de la infraestructura física o tecnológica que conforma el Subsistema de Transporte Público de pasajeros.
  • Realizas necesidades fisiológicas del cuerpo en cualquier parte de la infraestructura física o tecnológica que conforma el Subsistema de Transporte Público de pasajeros.
  • Arrojar desechos o cualquier tipo de materiales u objetos que afecten a la sanidad e higiene del subsistema.
  • Realizar acciones que puedan suponer daños de cualquier tipo al subsistema, tales como despegar las etiquetas de información, rayar, manchar, escribir, pintar, pegar carteles u otras afectaciones.
  • Acceder a los andenes sin validar o pagar el acceso a la estación respectiva.

¿Qué pasa si no tengo el dinero para pagar la multa?

Una de las acciones que se coordina es la implementación de programas de concientización, para que las personas infractoras y que opten por realizar trabajo comunitario desarrollen actividades pedagógicas y prácticas para fomentar el cuidado del metro.

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