El presidente Daniel Noboa ha declarado el estado de excepción en todo el territorio nacional por grave conmoción interna, incluidos todos los centros de privación de la libertad que integran el Sistema Nacional de Rehabilitación Social sin excepción alguna.
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[ Toque de queda de 23:00 a 05:00 ¿Quiénes están exentos?Opens in new window ]
Esta declaratoria se fundamenta en la situación de violencia y criminalidad en el territorio nacional, que comprende también el sistema carcelario del país.
Esta declaratoria requiere una intervención emergente y urgente de las instituciones del Estado para precautelar y garantizar la seguridad e integridad, así como los demás derechos de los ciudadanos, el orden público, la paz social y el orden constituido.
La declaratoria de estado de excepción tendrá vigencia de 60 días. Este plazo se fundamenta en la necesidad de contar con el tiempo adecuado para superar los hechos fácticos planteados, que incluye la intervención, para mantener el orden, en los centros de privación de libertad, garantizando los derechos de los ciudadanos, incluidas las personas privadas de la libertad.
Desde cuándo rige el toque de queda
Asimismo, el Decreto Nro. 110 abarca un toque de queda que restringe la libertad de tránsito a partir de la expedición del presente Decreto Ejecutivo. Fue firmado y publicado el 8 de enero de 2024. Quiere decir que entra en vigor desde HOY.
El toque de queda es TODOS LOS DÍAS, desde las 23:00 hasta las 05:00 en el espacio territorial delimitado por la presente declaratoria. Se entiende que es en todo el territorio nacional.
Las personas que circulen durante el horario de toque de queda serán puestas a órdenes de la autoridad judicial competente.
El toque de queda tendrá una duración de 60 DÍAS, ya que esa es la duración del estado de excepción.