El Presidente Daniel Noboa Azin, dispuso reformar el mecanismo de protección y seguridad para expresidentes y exvicepresidentes de la República, mediante el Decreto Ejecutivo N° 108.
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A partir de ahora, la protección y seguridad a estas figuras será proporcionada exclusivamente en territorio nacional, por un plazo máximo de seis meses, contados a partir de la finalización de su mandato. Tras este lapso, la protección y seguridad cesarán automáticamente.
Este documento modifica el Decreto Ejecutivo N° 906 emitido de forma apresurada a finales de la administración de Guillermo Lasso, en el que se establecía periodos mínimos de protección de dos años para expresidentes y un año para exvicepresidentes. Además, la protección se extendía a territorio extranjero y a sus cónyuges.
En el Nuevo Ecuador, la seguridad es una prioridad para todos los ciudadanos, no solo para unos pocos. Lo responsable con el país es precautelar que los recursos públicos sean utilizados para proteger a los ecuatorianos y atender sus principales necesidades.