“Como trates a los animales, serás tratado”. Dice un refrán popular. Debería ser dedicado a toda persona que se crea superior a un indefenso ser vivo, y que por ese hecho piense que tiene el derecho de hacerle lo que le plazca. Pero estamos en una época en que todo queda grabado y es evidencia suficiente para ser castigado por las leyes; si es que se hace justicia.
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Es el caso de un pobre borrego al que le ataron una soga al cuello y el otro extremo a un vehículo que lo arrastró por la Plaza de Ganado de la Ciudad de Cuenca, situada en la parroquia Hermano Miguel. Otro conductor lo grabó para que se viralizara en redes el tan repudiable hecho.
Las imágenes son realmente tristes porque se le ve al animalito tratando de zafarse mientras el conductor no detiene su marcha ni menos suelta al borrego.
En redes sociales pidieron ayuda a Rescate Animal, al Municipio de Cuenca y a la Policía Nacional. Incluso, hasta dejaron mensajes de odio en contra del ser que hizo tan atroz acto. Si eso no es maltrato animal ¿Entonces qué es?
¿Cuál es la pena máxima por maltrato animal?
La máxima pena que puede enfrentar un maltratador de animales es tres años de cárcel. Así se establece en las reformas al Código Integral Penal (COIP) en Ecuador que entraron en vigencia en junio de 2020.
Ese paquete de reformas establece diferentes sanciones desde trabajo comunitario o privación de la libertad.
Lesiones
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Quien lesione de forma permanente a animales, que forman parte de la fauna urbana, será sancionado con pena privativa de libertad de dos a seis meses. Si estas son consecuencias de la crueldad o tortura animal, la pena será de seis meses a un año de cárcel. Así lo establece el artículo 249 del COIP.
Muertes
El artículo 250.1 del COIP establece una sanción de seis meses a un año de cárcel para la persona que provoque la muerte de un animal.
Si la muerte se produce como resultado de actos de crueldad, el responsable será sancionado con pena privativa de libertad de uno a tres años.
Máxima pena
Si la muerte del animal se da bajo cuatro circunstancias:
- Actuando con ensañamiento contra el animal.
- Suministrando alimentos componentes dañinos o sustancias tóxicas.
- Si el animal es cachorro, geronte o hembra gestante
- Cuando la infracción sea cometida por el dueño o tenedor del animal o por quien esté a su cuidado temporal o permanente.
“Se exceptúan de esta disposición, las acciones tendientes a poner fin a sufrimientos ocasionados por accidentes graves, enfermedades, consumo o por motivos de fuerza mayor, bajo la supervisión de un especialista en la materia”, indica el COIP.
A mediados de este año, se aplicó la primera condena máxima, impuesta por maltrato animal. Una mujer fue sentenciada a tres años de cárcel por haber causado la muerte de Spike, un perro de raza husky siberiano, en noviembre de 2022 en Quito.