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El Departamento de Seguridad Nacional de los Estados Unidos anuncia que el Ecuador formará parte del programa para la Reunificación Familiar

El nuevo proceso es para determinados ecuatorianos cuyos familiares sean ciudadanos estadounidenses o residentes permanentes legales

Es la oportunidad de muchos de alcanzar la legalidad en ese país
Es la oportunidad de muchos de alcanzar la legalidad en ese país (Agencias)

El Departamento de Seguridad Nacional (DHS, por sus siglas en inglés) de los Estados Unidos anunció un nuevo proceso de permiso humanitario de reunificación familiar para determinados ecuatorianos, avanzando en la eficaz estrategia de la Administración Biden-Harris de combinar la ampliación de las vías legales y el refuerzo de la aplicación de la ley para reducir la migración irregular. Los procesos de permiso humanitario de reunificación familiar promueven la unidad familiar y forman parte de las medidas globales anunciadas en abril por DHS y el Departamento de Estado, y son coherentes con los objetivos de la Declaración sobre Migración y Protección de Los Ángeles de reforzar los esfuerzos nacionales, regionales y hemisféricos para crear las condiciones para una migración segura, ordenada, humana y regular.

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El nuevo proceso es para determinados ecuatorianos cuyos familiares sean ciudadanos estadounidenses o residentes permanentes legales y que hayan recibido la aprobación para reunirse con su familia en los Estados Unidos. Específicamente, los ecuatorianos y sus familiares inmediatos pueden ser considerados para el permiso humanitario caso por caso por un período de hasta tres años mientras esperan para aplicar para convertirse en un residente permanente legal.

“El proceso de permiso humanitario de reunificación familiar promueve la unidad familiar de acuerdo con nuestras leyes y nuestros valores. Establecer este proceso para determinados ecuatorianos garantizará que más familias puedan acceder a vías legales en lugar de ponerse a merced de los contrabandistas para realizar un peligroso viaje. Aquellos que no se acojan a la reunificación familiar condicional o a otras vías legales, seguras y ordenadas e intenten entrar ilegalmente a los Estados Unidos seguirán enfrentándose a duras consecuencias”, dijo el Secretario de Seguridad Nacional, Alejandro N. Mayorkas.

Ciertos ecuatorianos que son beneficiarios del Formulario I-130 aprobado, Petición de Familiar Extranjero, pueden ser elegibles para ser considerados para el permiso humanitario bajo el nuevo proceso. Los beneficiarios calificados deben estar fuera de los Estados Unidos, cumplir todas las condiciones, incluidas las de investigación de antecedentes y requerimientos médicos, así como no haber recibido ya una visa de inmigrante.

El proceso de permiso humanitario de reunificación familiar comienza con la expedición, por parte del Departamento de Estado, de una invitación al familiar ciudadano estadounidense o residente permanente legal solicitante, cuyo Formulario I-130 en nombre de un beneficiario ecuatoriano haya sido aprobado. Los beneficiarios en espera de una visa de inmigrante podrían incluir a determinados hijos y hermanos de ciudadanos estadounidenses y a determinados cónyuges e hijos de residentes permanentes legales. El aplicante invitado puede entonces iniciar el proceso presentando una solicitud en nombre del beneficiario y de los miembros de su familia que reúnan los requisitos para ser considerados para la autorización anticipada de viaje y el permiso humanitario.

El proceso de permiso humanitario de reunificación familiar por reagrupación familiar solo permite el permiso humanitario caso por caso y con carácter temporal si se demuestran razones humanitarias urgentes o un beneficio público significativo, o si el beneficiario justifica un ejercicio favorable de la discrecionalidad. Las personas que ingresen a los Estados Unidos con permiso humanitario bajo este procedimiento serán consideradas, por lo general, para un máximo de tres años y podrán solicitar autorización de empleo mientras esperan a que su visa de inmigrante esté disponible. Cuando su visa de inmigrante esté disponible, podrán solicitar la residencia permanente legal.

La Ley de Inmigración y Nacionalidad otorga al Secretario de Seguridad Nacional la facultad discrecional de conceder temporalmente el permiso humanitario a los solicitantes de admisión en los Estados Unidos, caso por caso, por razones humanitarias urgentes o por un beneficio público significativo. Secretarios anteriores de diferentes administraciones han ejercido de manera similar la autoridad de permiso humanitario para establecer otros procesos humanitarios de reunificación familiar administrados por los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos, incluido el Programa de Permiso Humanitario para la Reunificación Familiar Cubana en 2007 y el Programa de Permiso Humanitario para la Reunificación Familiar Haitiana en 2014. En julio, DHS anunció nuevos procesos de reunificación familiar para Colombia, El Salvador, Guatemala y Honduras y la modernización de los procesos de reunificación familiar para Cuba y Haití en agosto.

El anuncio del Registro Federal para este proceso de reunificación familiar se publicará pronto con información detallada sobre el proceso de solicitud y los criterios de elegibilidad.

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