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Inscripción para el “Voto Telemático” en el exterior se podrá realizar hasta el 20 de agosto

Los ecuatorianos elegirán nuevas autoridades este domingo.

Elecciones Ecuador; paquete electoral
Elecciones Ecuador; paquete electoral (cortesía CNE)

Un total de 409.250 ecuatorianos empadronados en el exterior podrán ejercer su derecho al voto en los comicios anticipados del domingo 20 de agosto, mediante la votación telemática, de 09h00 a 19h00 de acuerdo al huso horario de cada país. Así lo dio a conocer el Consejo Nacional Electoral.

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Para el efecto, deberán inscribirse previamente en www.voto-telemático.cne.gob.ec, a través de su teléfono móvil, tablet o computador. Únicamente se necesita la cédula de identidad o pasaporte y la inscripción se puede realizar hasta el propio día de las elecciones.

El Voto Telemático permite a los compatriotas ecuatorianos residentes en el extranjero ser parte de las decisiones democráticas del país de forma ágil, segura y sin trasladarse grandes distancias.

Recomendamos a la ciudadanía mantenerse informados a través de las cuentas oficiales del Consejo Nacional Electoral.

Elecciones 2023
La inscripción para el Voto Telemático en el exterior se podrá realizar hasta el 20 de agosto. Imagen. CNE

Este domingo 20 de agosto, día de las Elecciones Anticipadas 2023, a escala nacional los ecuatorianos recibirán cuatro papeletas, de los siguientes colores: Binomio Presidencial (café claro), Asambleístas Nacionales (morado), Asambleístas Provinciales (celeste) y Consulta Popular del Yasuní (verde). En el Distrito Metropolitano de Quito (DMQ), se adiciona una papeleta bicolor (rosa y morado), correspondiente a la Consulta Popular del Chocó Andino.

En el territorio nacional, las Juntas Receptoras del Voto se instalarán a las 06:30 y la jornada de sufragio se realizará desde las 07:00 hasta las 17:00, tal como lo determina el Código de la Democracia.

De acuerdo a la normativa electoral, los ciudadanos que no acudan a sufragar en las Elecciones Anticipadas 2023 deberán cancelar una multa del 10% de un Salario Básico Unificado (SBU), que corresponde a USD 45.

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Los Miembros de las Juntas Receptoras del Voto (MJRV) que no cumplan con su responsabilidad cívica, tendrán una multa del 15% del SBU, es decir, USD 67,50; y para los MJRV que no participen en las capacitaciones obligatorias, la sanción es del 10% del SBU, equivalente a USD 45.

Los MJRV que abandonen sin justificación el cumplimiento de sus funciones hasta la terminación del escrutinio y la suscripción de los documentos electorales, podrán ser sancionados con multas desde 11 hasta 20 SBU, destitución y-o suspensión de derechos de participación, desde seis meses hasta dos años.

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