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Le exigía USD 2 000 a cambio de no difundir fotografías: Fiscalía procesó a policía por presunta extorsión a compañero

El cabo segundo le habría exigido que le entregue dinero bajo amenazas.

Imagen referencial
Imagen referencial (Policía Nacional)

Jonathan Eduardo C. V., cabo segundo de la Policía Nacional, guarda prisión preventiva. La Fiscalía General del Estado lo procesó por, presuntamente, haber extorsionado a un compañero de un grado jerárquico inferior a él.

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La Fiscalía informó que en la audiencia de calificación de flagrancia, el fiscal de turno manifestó que el 11 de agosto de 2023, el procesado citó a la víctima en el parque central del cantón Tena para que el denunciante le entregue la suma de 2.000 dólares, dinero que le exigía a cambio de no difundir unas fotografías suyas.

Tras conocer de este presunto delito, Fiscalía solicitó a un Juez la autorización para efectuar vigilancias, seguimientos, fotografías, filmaciones y otros procedimientos investigativos.

Policía extorsión
Fiscalía procesó a un cabo segundo de la Policía Nacional por presunta extorsión. Imagen referencial

Bajo amenazas le dio un plazo a su compañero para que le entregue el dinero

Tras un operativo llevado a cabo por las autoridades para aprehender –en delito flagrante– al cabo segundo Jonathan Eduardo C. V., quien acababa de recibir un sobre entregado por su víctima, que contenía el dinero que el procesado le habría solicitado.

Se conoce que, incluso, le dio un plazo de cuatro días mediante amenazas para que le haga llegar la cantidad de dinero que estaba solicitando.

El día del operativo, Jonathan Eduardo C. V. intentó huir arrojando el teléfono celular al piso para tratar de destruirlo y que no queden evidencias del supuesto delito.

Sobre el caso

Para la formulación de cargos, el fiscal citó los elementos de convicción, que fueron considerados por un Juez como suficientes para presumir el cometimiento del delito de extorsión, acogiendo, además, el pedido de prisión preventiva que se dictó contra el agente policial.

Fue procesado con base en el artículo 185, inciso segundo, numeral 2, del Código Orgánico Integral Penal (COIP). La norma sanciona el delito de extorsión con una pena privativa de la libertad de cinco a siete años si la infracción “se ejecuta con la intervención de una persona con quien la víctima mantenga relación laboral (…)”.

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