Continúa la polémica debido a la filtración de un video donde se puede ver a una pareja manteniendo relaciones sexuales al interior de una Aerovía, que conecta Duran con Guayaquil. Hace unas horas, las autoridades municipales se pronunciaron al respecto y señalaron que tomaron medidas con el personal involucrado en difundir el clip, mismos que fueron separados del consorcio.
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Metro Ecuador se comunicó con un abogado especialista en Derecho en Penal para conocer más detalles sobre el hecho y saber cuales serían las repercusiones alrededor de este caso.
Según el Abogado Galo Quiñónez no existe como tal un delito estipulado en el Código Orgánico Integral Penal (COIP) que pueda penalizar la acción ejecutado por los jóvenes en el transporte aéreo de Guayaquil.
¿Quiénes si cometieron un delito?
Según el jurista, quienes podrían ser demandados por la pareja por difundir dicha información son los operadores que fueron quienes presuntamente vieron el video, conocían de su registro y lo habrían filtrado en las redes sociales.
“Ellos serían las víctimas en este caso”, indicó Quiñónez, quien señaló a este diario que por la exposición de los dos ciudadanos, ambos podrían tomar acciones legales.
La información jurídica respecto a este caso estaría estipulada en el artículo 178 del COIP, el mismo que señala:
“Violación a la intimidad: La persona que, sin contar con el consentimiento o la autorización legal, acceda, intercepte, examine, retenga, grabe, reproduzca, difunda o publique datos personales, mensajes de datos, voz, audio y vídeo, objetos postales, información contenida en soportes informáticos, comunicaciones privadas o reservadas de otra persona por cualquier medio, será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años”.
Asimismo agrega: “No son aplicables estas normas para la persona que divulgue grabaciones de audio y vídeo en las que interviene personalmente, ni cuando se trata de información pública de acuerdo con lo previsto en la ley”.