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“Un intento más de desestabilización”: Gobierno responde a juicio político presentado en contra del presidente Guillermo Lasso

Con más de 50 firmas, la asambleísta Viviana Veloz (UNES) hizo oficial la presentación de juicio político en la Asamblea Nacional.

Hace pocos minutos, la Secretaria General de Comunicación de la Presidencia emitió un comunicado oficial respecto al juicio político presentado con más de 59 firmas de legisladores en contra del presidente de la República, Guillermo Lasso. En el escrito se expresa el rechazo por parte del Gobierno Nacional por la acusación por presunto delito de concusión en contra del primer mandatario. Califican la acción como “desestabilizadora”.

“El Gobierno del Ecuador rechaza de forma categórica la solicitud de juicio político presentada por 59 legisladores, en contra del presidente de la República”, inicia el comunicado.

Asimismo, continúa: “dicha demanda carece totalmente de elementos políticos jurídicos que permitan sustentar un proceso en contra del Primer Mandatario, teniendo como único objetivo atentar contra la institucionalidad del Estado ecuatoriano y la democracia misma”.

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“Por tales razones, este juicio político no es un acto de fiscalización sino un intento más de desestabilización de los tantos que ha tenido la Asamblea Nacional en menos de dos años”.

“Ante estas acciones, el Gobierno del Ecuador continuará enfocado en atender las principales preocupaciones de los ecuatorianos”, finaliza el pronunciamiento oficial.

Sobre el juicio político

Los asambleístas de la bancada de la Unión por la Esperanza (UNES), Partido Social Cristiano (PSC), Pachakutik (PK) y la Izquierda Democrática (ID) presentaron con 59 firmas el jucio político contra el presidente de la República, Guillermo Lasso. El delito por el que acusan al primer mandatario es por concusión.

¿Qué es el delito de concusión?

La concusión es un delito y se presenta cuando un funcionario público, en uso de su cargo, exige o hace pagar a una persona una contribución. También incluye el cobrar más de lo que corresponde por las funciones que realiza.

Este delito está tipificado en el Código Orgánico Integral Penal (COIP) en el Artículo 281, donde se sancionará con tres hasta siete años de prisión.

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