Guayaquil

MAG, Agrocalidad y Arcsa controlan calidad en leche pasteurizada

Personal institucional tomó muestras en catorce provincias para determinar posibles adulteraciones.

En los controles se tomaron 352 muestras, que fueron analizadas por Agrocalidad.
En los controles se tomaron 352 muestras, que fueron analizadas por Agrocalidad.

Para determinar posibles adulteraciones en leche entera pasteurizada o UHT se efectuaron operativos de control por parte del Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG), la Agencia de Regulación y Control Fito y Zoosanitario (Agrocalidad), y las asociaciones de producción de leche.

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Un total de 88 operativos de control fueron realizados entre los meses de julio de 2020 y la primera semana de noviembre de 2022. En total se tomaron 352 muestras, que fueron analizadas por Agrocalidad; los resultados positivos fueron remitidos a la Arcsa para el análisis confirmatorio de las contramuestras.

Las muestras tomadas corresponden a las provincias de Guayas, Carchi, Chimborazo, Cotopaxi, Pichincha, Azuay, Tungurahua, Bolívar, Santa Elena, Loja, Zamora Chinchipe, Santo Domingo de los Tsáchilas y Napo. Pretenden determinar posibles adulteraciones en cuanto a la presencia de suero de leche líquido.

El personal recorrió las provincias de Guayas, Carchi, Chimborazo, Cotopaxi, Pichincha, Azuay, Tungurahua, Bolívar, entre otras.
El personal recorrió las provincias de Guayas, Carchi, Chimborazo, Cotopaxi, Pichincha, Azuay, Tungurahua, Bolívar, entre otras.

Los análisis se realizan en los laboratorios de ambas agencias. En el caso de que existan desviaciones se tomarán los correctivos o sanciones en el marco de las competencias previstas en las leyes y los reglamentos.

Los controles se ejecutan en el marco del Acuerdo Interministerial 177, firmado entre las carteras de Agricultura y Salud, para salvaguardar la calidad en estos productos. Además, en base a los convenios de cooperación interinstitucional suscritos entre Agrocalidad y Arcsa.

El artículo 6 del Acuerdo Interministerial 177, establece que la comercialización de suero de leche líquido “es permitida exclusivamente para la elaboración de pulverizados como: suero de leche en polvo, suero de leche concentrado, suero de leche aislado, fraccionados de suero de leche, proteína concentrada de suero de leche, entre otros pulverizados”.

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