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Riña en San Rafael: Policía aprehendió a uno de los protagonistas del video

La sanción podría ir de seis meses a dos años.

El ciudadano agredió a policías para evitar ser aprehendido
El video de la agresión se ha viralizado en redes

Uno de los ciudadanos que protagonizó el video que muestra la riña en San Rafael, Valle de los Chillos, fue aprehendido. Las imágenes se han viralizado en redes sociales y han generado diversos comentarios y reacciones que son-al momento- tendencia en Twitter. El ataque o resistencia está estipulado en el Código Orgánico Integral Penal (COIP) y la sanción es la prisión de seis meses a dos años y el delito puede tener agravantes.

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“El mayor Freire es mi papá”: Riña entre Policías y jóvenes que estarían bajo efectos del alcohol en San RafaelOpens in new window ]

Uno de los ciudadanos del video agredió a policías en una gasolinera del sector. Los jóvenes que estarían bajo los efectos del alcohol, de acuerdo a las primeras versiones. “A ciudadano que agredió a policías en San Rafael Pichincha para evitar ser aprehendido por conducir bajo efectos del alcohol”, dice en un tuit. Igualmente iniciarán las acciones legales para que se sancione a los acompañantes. También se indicó que el vehículo fue retenido.

Los hechos

Los jóvenes, en dicho estado, desafiaron a los agentes policiales mientras una ciudadana golpea a otro agente en medio de la detención de uno de ellos. Tras unos minutos, uno de los policías pide calma a uno de los jóvenes involucrados a los que éste responde: “El mayor Freire es mi papá” y continúan los insultos en contra de los policías.

Quien graba el video dice “son mi panas” y asegura que le dejaron ir “de la moto que les chocó”. Los uniformados tratan de tranquilizarlos ante los insultos y golpes de los jóvenes. Otro de los policías también lanzó gas lacrimógeno a la joven que le reclamaba.

COIP

El artículo 283 del COIP se refiere al delito de ataque o resistencia. La persona que ataque o se resista con violencias o amenazas a los agentes de policía cuando obran en ejecución de las leyes, o de las órdenes o reglamentos de la autoridad pública, serán sancionadas con pena privativa de libertad de seis meses a dos años.

Por otro lado, el artículo 282 estipula el incumplimiento de decisiones legítimas de autoridad competente. Quien incumpla órdenes, prohibiciones específicas o legalmente debidas, dirigidas a ella por autoridad competente en el marco de sus facultades legales, será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años.

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