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Desmienten supuesto documento de la Asamblea para revocar estado de excepción; jefes de bancadas se reúnen para analizar el tema

Asambleístas se han pronunciado en Twitter

Protestas en Quito (JUAN RUIZ CONDOR)

La Secretaría General de Comunicación de la Presidencia, a través de su Twitter SEGCOM V, desmintió un documento que circula en redes con el que supuestamente Asamblea Nacional pretende revocar el decreto ejecutivo º455 sobre el estado de excepción en Cotopaxi, Imbabura y Pichincha.

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El secretario jurídico de la Presidencia, Fabián Pozo, informó que la Corte Constitucional (CC) evocó conocimiento del decreto con el estado de excepción.

Reunión de jefes de bancadas

Desde esta mañana, jefes de las diferentes bancadas legislativas se han reunido de forma semipresencial para analizar revocatoria de estado de excepción. Igualmente esperan tener otra cita con el presidente de la Asamblea, Virgilio Saquicela. Así lo informó en Twitter el coordinador del bloque de Pachakutik, Salvador Quishpe.

Asimismo, la asambleísta de Pachakutik y presidenta de la Comisión de Régimen Económico, Mireya Pazmiño, solicitó a Saquicela una convocatoria del pleno de la Asamblea.

Desde el bloque de UNES, Pabel Muñoz ha señalado en la red social que respalda la revocatoria.

Por su lado, la asambleísta Johanna Moreira, señaló que “si se confirma que se pretende abusar de la potestad ejecutiva, le corresponde a la Corte Constitucional y a la Asamblea tomar decisiones para que prevalezca la democracia”.

PSC no respaldará

La bancada del Partido Social Cristiano (PSC) emitió un comunicado en el que asegura que no respaldará la revocatoria del estado de excepción.

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¿Cómo se revoca un estado de excepción?

El artículo 46 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa se refiere a la revocatoria del estado de excepción. “Luego de la notificación (...) la mayoría absoluta de los integrantes de la Asamblea Nacional, podrá solicitar al Presidente de la Asamblea la revocatoria del decreto ejecutivo que declaró el estado de excepción, quién remitirá dicha petición al Pleno para que en un solo debate y con la mayoría absoluta (70 votos) de sus integrantes, niegue la petición o revoque el decreto ejecutivo”.

En cualquier caso, la Presidenta o Presidente de la Asamblea Nacional ordenará la publicación de lo resuelto en el Registro Oficial.

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