Damián Sampedro de 33 años regresaba de una larga jornada de trabajo el pasado 30 de abril cuando un conductor en estado etílico lo impactó y le provocó la muerte instantánea en la avenida Galo Plaza Lasso y Manuel Zambrano, norte de Quito. El responsable del accidente tiene medidas sustitutivas. El proceso se encuentra en instrucción fiscal y la familia de Damián pide que su muerte no quede impune.
PUBLICIDAD
El accidente sucedió a las 3:49, según informó el ECU 911 que recibió la alerta. La Agencia Metropolitana de Tránsito (AMT) reportó que se produjo un choque más volcamiento del automotor azul. Damián estaba a dos cuadras de llegar a su casa cuando perdió la vida.
“Mi hermano estaba a dos cuadras de llegar a la casa cuando Pablo Enrique M., que conducía un auto gris de alta gama y que estaba totalmente en estado etílico le impactó por la parte posterior donde perdió pista, se volcó y se impactó contra un árbol provocándole la muerte de inmediato”, cuenta su hermano Paúl.
El conductor fue entrevistado por los agentes de la AMT donde mencionó que “estaba dirigiéndose a su casa en Pomasqui cuando vio un auto azul y ya no se acuerda más”.
A Pablo M. le realizaron la prueba de alcoholemia y tenía 1.32 grados de alcohol por litro de sangre (más de 24 vasos de cerveza).
El conductor responsable del siniestro se fue detenido en flagrancia por 24 horas y en la audiencia de formulación de cargos, pese a que la Fiscalía presentó todos los elementos de convicción, para que se dicte prisión preventiva, la jueza dictó medidas sustitutivas como el uso de grillete y presentación dos veces por semana ante las autoridades, señala el hermano de la víctima.
“Esto, pese a que hubo un fallecido y se probó la materialidad del delito, porque el muerto es mi hermano y ya lo enterramos”, indicó.
PUBLICIDAD
Sampedro indicó que sí se le formuló cargos a Pablo M., por el delito de muerte causada por conductor en estado de embriaguez, pero al momento de dictar la prisión preventiva, la jueza explicó que no se cumplían los preceptos para la prisión. La instrucción fiscal durará 30 días y Pablo M., no puede salir del país.
Este viernes de 6 de mayo, Paúl junto con su abogado fijaron en Fiscalía Especializada de Accidentes de Tránsito, casillero judicial en calidad de víctima, pues indicó que queda en la orfandad un niño de 4 años.
“Tememos que haya riesgo de fuga debido a su alto nivel económico”, dice Paúl y exige que se cumpla el Artículo 376 del Código Orgánico Integral Penal.
Sus familiares recuerdan a Damián como un hombre muy sano, de gran corazón, deportista, trabajador y responsable. “Tenía algunas deudas por eso salía a trabajar en las noches en plataformas digitales. Ese 30 de abril, regresaba de terminar su jornada de trabajo, ya regresaba a descansar y pasó esta tragedia. Era muy honrado, muy honesto. Por eso pido que este caso no quede en la impunidad”, indica Paúl.
El Artículo 376 del COIP indica: “Muerte causada por conductor en estado de embriaguez o bajo los efectos de sustancias estupefacientes, psicotrópicas o preparados que las contengan.- La persona que conduzca un vehículo a motor en estado de embriaguez o bajo los efectos de sustancias estupefacientes, psicotrópicas o preparados que las contengan y ocasione un accidente de tránsito del que resulten muertas una o más personas, será sancionada con pena privativa de libertad de diez a doce años, revocatoria definitiva de la licencia para conducir vehículos”