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“Se suspende la sesión, ¡buen feriado!”: Ley del Aborto por Violación irá al Registro Oficial conforme a las observaciones del Ejecutivo

La moción de Pierina Correa para allanarse al veto no alcanzó los votos necesarios

Asamblea Nacional (API)

La Ley Orgánica que Garantiza la Interrupción del Embarazo para Niñas, Adolescentes y Mujeres en Caso de Violación pasará directamente al Registro Oficial, conforme a las observaciones del Ejecutivo. Esto luego que el Pleno de la Asamblea Nacional no lograra tomar una decisión sobre la objeción presidencial, por lo que las correcciones entrarán en vigencia la semana que viene.

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Justamente la noche de hoy, el Legislativo retomó el debate del veto presidencial a la Ley para garantizar el derecho al aborto en casos de violación. En la sesión, la presidenta de la Asamblea, Guadalupe Llori, sometió a votación la moción de Pierina Correa (UNES) para allanarse al veto.

Sin embargo, la moción no alcanzó los votos necesarios pues obtuvo 17 votos a favor, 73 en contra y 40 abstenciones. Por tanto no fue aprobada ya que se requería de una una mayoría absoluta (70 votos). De inmediato, Llori suspendió la sesión. “Se suspende la sesión, ¡buen feriado!”, dijo.

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La Asamblea tenía hasta las 00:00 de este viernes 15 de marzo para pronunciarse. El Legislativo nuevamente tuvo que volver a tratar el veto presidencial luego que la Corte Constitucional declarara improcedente el pedido del Pleno de revisar el veto por posible inconstitucionalidad.

En un comunicado, la Corte señaló que corresponde a la Asamblea dar el tratamiento pertinente a la objeción presidencial, asegurando que en el proceso de formulación de la normativa se cumpla con la Constitución.

Fue justamente el 5 de abril pasado que el Pleno de la Asamblea Nacional remitió a la Corte Constitucional la objeción parcial al proyecto de Ley.

El pasado 16 de marzo, el presidente Guillermo Lasso dio a conocer su veto parcial a la ley que regula el aborto por violación y propuso incluir 61 “textos alternativos” a la legislación de 63 artículos y consideró que esta, supuestamente, no concuerda con el espíritu del fallo de la Corte Constitucional, que despenalizó el aborto en casos de violación en abril de 2021 y ordenó a la Asamblea regular el procedimiento mediante una ley.

Entre las sugerencias del mandatario figuran que se unifique el plazo de 12 semanas en casos de aborto por violación y no aceptó la excepción de 18 semanas que se fijaba para niñas, adolescentes, indígenas y mujeres del área rural.

Propuso, además, “requisitos” para el acceso al aborto por violación, entre ellos presentar una denuncia, una declaración jurada o un examen médico que acredite la agresión sexual.

De forma constitucional, si el Presidente detecta posibles inconstitucionalidades en una ley aprobada por la Asamblea en segundo debate, debe vetar los artículos por inconstitucionalidad y posteriormente remitirlos a la Corte Constitucional para su análisis.

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