El Comité de Operaciones de Emergencia (COE) Nacional anunció que todos los aforos en el país estarán al 100% ante la mejoría en cifras de la situación epidemiológica en el país, gracias a la acelerada vacunación. Sin embargo, el Ministerio de Salud estudia los primeros cinco casos con el sublinaje BA.2 de Ómicron.
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Por tanto, quedan sin efecto las resoluciones que contengan medidas restrictivas referentes a los aforos en espacios abiertos y cerrados, tanto en eventos de atención al público, como en actividades económicas, comerciales, culturales, recreativas, deportivas y eventos públicos masivos, por lo que todas estas actividades se podrán desarrollar con el 100% de aforo permitido.
Disposiciones
Lo anterior incluye los eventos deportivos de carácter nacional e internacional en lo que se refiere a las competencias del Servicio Nacional de Gestión de Riesgos y las intendencias generales de policía.
-Se dispone a las operadoras de transporte interprovincial, intraprovincial, y turístico a nivel nacional mantener los aforos en el trasporte público que garantice el servicio con pasajeros solo sentados.
-Se exhorta a los Gobiernos Autónomos Descentralizados Cantonales, en base a sus competencias, eliminar cualquier medida restrictiva referente a los aforos en espacios abiertos y cerrados, tanto en eventos de atención al público, actividades económicas, comerciales, culturales, recreativas, deportivas y eventos públicos masivos.
-Se exhorta a la apertura con el 100% de aforo actividades tales como bares, discotecas, karaokes, restaurantes y a cualquier competición deportiva de carácter nacional e internacional.
-De igual manera se exhorta a mantener los aforos y control en el transporte público cantonal (Servicio solo sentados). Se mantienen vigentes todas las medidas de bioseguridad, como el uso permanente de mascarilla, higiene de manos, ventilación adecuada y distanciamiento social.
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-Mantener la presentación del certificado o carnet de vacunación con esquema completo (dos dosis o una dosis según corresponda), para el ingreso a lugares de atención al público a toda persona mayor de 12 años de edad. La presentación obligatoria del certificado aplica exclusivamente para actividades no esenciales, quedando exentas aquellas dedicas a salud, educación, trabajo y servicios públicos.
Requisitos de ingreso al país
Se mantiene el protocolo vigente para el ingreso al país. Asimismo se solicita al Ministerio de Transporte y Obras Públicas notifique a las aerolíneas y terminales aéreas que existe una disposición en el lineamiento de ingreso al Ecuador por vía aérea emitido por el Ministerio de Salud Pública.
En ese sentido es obligatoria la presentación de la declaración de salud de viajero digital (código QR), la misma que debe ser revisado por la aerolínea previo al embarque.
Igualmente, los requisitos sanitarios como carné de vacunación o prueba RT-PCR, no se debe solicitar la presentación de la declaración de forma física, solo se usará ese formulario en casos excepcionales donde no cuenten con servicio de internet o acceso a mecanismos tecnológicos los viajeros.
Dichos requisitos que deben ser presentados previo al embarque al Ecuador.