Se mantiene el uso obligatorio de la mascarilla y el distanciamiento social. Según los informes epidemiológicos, se emiten nuevos aforos en Quito y se levanta la suspensión de licencias de actividades económicas de acuerdo con el siguiente criterio y el nivel de alerta establecido por la Secretaría de Salud.
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Aforos en locales comerciales determinados
- Bares, discotecas, karaokes (interior) 80%
- Bares con atención en exterior 90%
- Centros de tolerancia y similares 80%
- Cines y teatros 100%
- Gimnasios y centros de entrenamiento con actividades de contacto 80%
- Gimnasios y centros de entrenamiento con actividades sin contacto 100%
- Auditorios, alojamientos turísticos (en los espacios que realicen eventos), centros de convenciones, salas de eventos, recepciones y banquetes eventos corporativos académicos – MICE (interior) 95%
- Auditorios, alojamientos turísticos (en los espacios que realicen eventos), centros de convenciones, salas de eventos, recepciones y banquetes eventos corporativos académicos – MICE (exterior) 100%.
- Auditorios, alojamientos turísticos (en los espacios que realicen eventos), centros de convenciones, salas de eventos, recepciones y banquetes evento turístico (interior) 90%
- Auditorios, alojamientos turísticos (en los espacios que realicen eventos), centros de convenciones, salas de eventos, recepciones y banquetes cuando realizan eventos sociales (exterior) 100%
- Balnearios, piscinas y centros de spa 80%
- Canchas y ligas deportivas 80%
- Centros comerciales 100%
- Patios de comida de centros comerciales 100%
- Restaurantes (Interior) 90%
- Restaurantes (Exterior) 100%
- Espectáculos Públicos (interiores) con 90%
- Espectáculos Públicos (exteriores) con 100%.
- Mercados minoristas, mayoristas, ferias y plataformas municipales 100%
- Supermercados 100%
- Agencias bancarias y corporativas 100%
- Al interior de los establecimientos deportivos se deberá utilizar mascarilla en todo momento. Los usuarios que practiquen un deporte específico en los espacios pertinentes (canchas y espacios físicos) podrán dejar de usar mascarilla siempre y cuando todos los jugadores presenten, previo al inicio del juego, la constancia del esquema completo de vacunación contra COVID-19 con al menos 14 días de vigencia de la última dosis o examen PCR negativo hasta 72 horas previas.
Todo evento llevado a cabo en un establecimiento destinado a actividades religiosas o de culto, deberá cumplir con el 90%. Antes, durante y después de un culto religioso, o similar, u otros eventos, se deberá utilizar debidamente la mascarilla que proteja nariz y boca de la exposición al ambiente, tanto en el interior como en el exterior del establecimiento religioso.
Además, se deberá mantener obligatoriamente el distanciamiento físico de dos metros y un tiempo máximo de permanencia en el interior del establecimiento de 60 minutos.
Todo establecimiento sujeto a la Licencia Metropolitana Única para el Ejercicio de Actividades Económicas (LUAE), deberá controlar que todas las personas que ingresen y/o permanezcan en el interior de los establecimientos usen debidamente la mascarilla.
Carné de vacunación
De igual forma, deberá solicitar el carnet de vacunación físico o digital con el esquema completo previo al ingreso, con excepción de los niños y niñas menores a 3 años.
En el caso particular de personas nacionales o extranjeras, que por contraindicación médica u otro motivo no cuenten con el esquema completo de vacunación, podrán presentar el certificado de examen PCR negativo hasta 72 horas previas.