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12 de enero: Desde hoy rige solicitud obligatoria del carné de vacunación para transporte terrestre

El pasajero puede presentar el carné de vacunación o el certificado de vacunación digital

Carné en terminales terrestres (Twitter ANT)

Desde hoy, 12 de enero, entró en vigencia la solicitud obligatoria del carné de vacunación con esquema completo para el transporte interprovincial, intraprovincial y de turismo. Este se solicitará al momento en que el pasajero vaya a comprar el boleto para viajar.

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Este miércoles, en las terminales terrestres ya verifican el documento de vacunación, que la persona tenga las dos dosis y los datos personales coincidan con la cédula de identidad. Personal de la Agencia de Tránsito se encuentra desplegado en distintas terminales terrestres del país.

Controles en las terminales terrestres (Twitter ANT)

Este requisito corresponden a los rangos etarios desde 12 años de edad. Desde los 5 a 11 años 11 meses se exigirá a partir del lunes 17 de enero. En este último caso se podrá autorizar el ingreso a quienes tenga la primera o segunda dosis según corresponda.

En caso de que los pasajeros no porten el certificado o carné de vacunación, es obligación de las operadoras de transporte mencionadas y entes de control operativo verificar con el número de cédula del pasajero en el siguiente link https://certificados-vacunas.msp.gob.ec, página oficial habilitada por la cartera de Salud, si el pasajero está vacunado con el esquema completo, según dice la resolución del Comité de Operaciones de Emergencia (COE) Nacional del 11 de enero.

Los operativos de control serán aleatorios, mientras que en carretera estarán desplegados los agentes junto con la Policía Nacional.

Igualmente, las operadoras de transporte dispondrán a sus conductores, así como ayudantes la obligatoriedad de contar con su certificado o carné de vacunación.

Las operadoras que identifiquen usuarios que presentan la sintomatología del COVID-19 tales como: afecciones respiratorias, fiebre, tos, dificultad para respirar, fatiga, secreciones nasales, fiebre de difícil control y malestar general, realizarán una parada inexcusable, en el lugar más cercano a un centro o dispensario médico y se notificará a la entidad competente para que se realice el procedimiento epidemiológico correspondiente.

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Sanciones

El incumplimiento de esta disposición representará la respectiva sanción administrativa a la operadora y no podrá cumplir la ruta hasta que se cuente con un conductor que cumpla con el plan de vacunación recomendado.

La sanción para la operadora es de cuatro salarios básicos unificados (USD 1.700).

El COE Nacional exhorta a los Gobiernos Autónomos Descentralizados no permitir el ingreso a los Terminales Terrestres a aquellas personas que no porten su cédula y no cuenten con su certificado o carnet de vacunación

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