El presidente de la República, Guillermo Lasso, mediante Decreto Ejecutivo N° 224, dispuso el estado de excepción en todo el territorio nacional durante 60 días debido a los altos índices de inseguridad que se desataron en Ecuador.
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El decreto contempla disponer la movilización de las Fuerzas Armadas en las provincias de El Oro, Guayas, Santa Elena, Manabí, Los Ríos, Esmeraldas, Santo Domingo de Los Tsáchilas, Pichincha y Sucumbíos para complementar las funciones de la Policía Nacional de: control operativo en los ámbitos requeridos de seguridad ciudadana, protección interna, prevención del delito y orden público; y realizar operativos de control, registros, requisas en casos de porte de armas y sustancias sujetas a fiscalización. En el resto de provincias, la Comandancia General de la Policía coordinará acciones con las entidades públicas en territorio para reforzar vigilancia y prevención del delito.
Sin embargo, el problema no solo radica en las calles, sino en la tensión entre el Ejecutivo y el Legislativo. Guillermo Lasso anunció que presentaría el proyecto de Creación de Oportunidades -devuelto por el CAL- dividido en tres: reformas tributarias, laborales y de inversiones; luego que la Asamblea pueda tramitarlos sin mayores obstáculos, es un escenario “ideal”.
Pero cómo cambian los posibles escenarios con un estado de excepción que llega en un momento de tensión social en el Ecuador con el anuncio de movilizaciones, un largo feriado y la urgencia de la viabilidad los proyectos de ley.
De acuerdo al constitucionalista André Benavides, al estado de excepción se lo debe analizar desde el ámbito jurídico y político.
“En lo jurídico entenderíamos que el estado de excepción trata de ser ese mecanismo que, eventualmente, va a detener los altos índices de inseguridad. Conceptualmente estoy de acuerdo, pero está mal formulado porque tiene contradicciones. Tiene una connotación de carácter nacional y establece medidas de carácter provincial”, analiza Benavides.
Mientras que en lo político se presentan dos escenarios. “El primero que, eventualmente, sea usado para contener las manifestaciones y protestas que se van a presentar en los próximos días. Si bien es cierto no se suspendió los derechos de reunión, veo que sí se ha movilizado la fuerza pública, con eso el Gobierno podría cercar plazas y calles del país”, explica el constitucionalista André Benavides.
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Vale recalcar que el decreto 210, expedido el 29 de septiembre, sobre el estado excepción en el sistema carcelario ya cuenta con un dictamen favorable de constitucionalidad por parte de la Corte, pero no pasa lo mismo con el 224.
De acuerdo con analista político Santiago Cahuasquí le corresponderá a la Corte si este decreto tiene o no indicios de constitucionalidad.
“Es controvertida la expedición de este decreto de grave conmoción interna que intenta apalear la crisis de seguridad cuando paralelamente, el país está atravesando un proceso de movilización y protesta social como respuesta a una inacción en varios rubros del estado ecuatoriano como la falta de certezas sobre la focalización del subsidio de la gasolina o la regularización de los precios de sustentación de productos en la Costa”, dice Cahuasquí.
Otro escenario es que el Gobierno Nacional amplíe este estado de excepción para presentar de manera concurrente y simultánea dos leyes urgentes en materia económica, amparados en el artículo 140 de la Constitución, el cual establece que “mientras se discuta un proyecto calificado de urgente, la Presidenta o Presidente de la República no podrá enviar otro, salvo que se haya decretado el estado de excepción”.
¿Sobre la muerte cruzada?
Una opción que no ha sido descartada, pero según analistas y constitucionalistas consultados por Metro Ecuador, causaría una grave conmoción y una salida traumática para la democracia.
Una de las causales para convocar la muerte cruzada es grave conmoción interna, justamente el decreto 224 se fundamenta en es eso.
“Es una cuestión que dudo mucho, porque el tema de la muerte cruzada supone unas elecciones anticipadas, tomando en cuenta que en las últimas encuestas el Presidente no supera el 50% de la aprobación. Para mí es muy riesgoso”, opina Benavides.
Por su parte el analista político, Santiago Cahuasquí, la cataloga como una salida traumática para la democracia ecuatoriana en un Gobierno que apenas tiene 5 meses.
“Sería lamentable que se llame una muerte cruzada y Lasso se convierta, luego del retorno a la democracia en 1979, en el presidente que menos tiempo duró en el cargo, luego de Abdalá Bucaram que estuvo 6 meses”.
¿Consulta Popular?
De acuerdo a Cahuasquí es menos probable. “Se ha anunciado por varias firmas encuestadoras el desplome de la credibilidad del presidente Lasso y hace cuesta arriba la Consulta Popular a sabiendas que para que una consulta sea exitosa se necesitan dos cuestiones: ser convocada por un presidente con altos índices de aceptación - ya no es el caso- y que las preguntas sean lo suficientemente amplias y diversas”.
¿La Asamblea puede revocar el estado de excepción?
Sí. La Asamblea con mayoría absoluta puede revocarlo. Sin embargo, para el constitucionalista Benavides no sería una opción que lo haga, sobre todo, con los hechos de inseguridad que vive el país.