Arrancó el año con un primer feriado en Ecuador. Este 2 de enero, que se unió con el fin de semana por Año Nuevo. Las labores y las clases se retoman desde el martes 3 de enero con normalidad y bajo los horarios habituales. Pero ¿Cuánto te deben pagar si trabajaste en este día de asueto?
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Según establece el cuarto punto del artículo 55 del Código del Trabajo de Ecuador, “el trabajo que se ejecutare el sábado o el domingo deberá ser pagado con el 100% de recargo”. Esto incluye también a días de descanso como los feriados.
Quiere decir que si una persona trabaja en un feriado deberá cobrar doble por su desempeño que recibe cuando trabaja días ordinarios, de lunes a viernes.
Ejemplo
La hora de trabajo en Ecuador, en base al salario básico, tiene un valor de USD 1,77, para calcular las horas extraordinarias se debe multiplicar el valor de la hora por dos.
USD 1,77 x 2 = USD 3,54
La hora extraordinaria tiene un valor de USD 3,54, si son 8 horas que laborará el total sería USD 28,32.
Además, el artículo 47 de ese cuerpo legal se refiere a la jornada máxima, la cual será de ocho horas diarias, de manera que no exceda de cuarenta horas semanales, salvo disposición de la ley en contrario.
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“El tiempo máximo de trabajo efectivo en el subsuelo será de seis horas diarias y solamente por concepto de horas suplementarias, extraordinarias o de recuperación, podrá prolongarse por una hora más, con la remuneración y los recargos correspondientes”, se agrega.
Los días de feriado nacional no son recuperables y los trabajadores deberían descansar, pero hay excepciones porque algunas actividades que por su naturaleza o dinámica no pueden prescindir de los trabajadores.
Lo que sí es que esos días son considerados como un trabajo extraordinario, es decir, su empleador deberá pagarle el doble de lo que cobra por un día ordinario.