En el Decreto Ejecutivo 177, firmado por el presidente Daniel Noboa, se detalló sobre la creación del ‘Bono extraordinario para los miembros de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional’.
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¿Quiénes pueden acceder?
- Quienes hayan adquirido un estado de vulnerabilidad calificada por el Ministerio de Inclusión Económica y Social, cumpliendo sus funciones y como consecuencia de los enfrentamientos y hostilidades que surgieren en el contexto del Decreto Ejecutivo No. 111 de 9 de enero de 2024.
- En caso de deceso de los miembros de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional, producto de dichos enfrentamientos y hostilidades, el beneficio del bono extraordinario será transmitido a sus familiares hasta el cuarto grado de consanguinidad (primos, sobrino-nieto, tío-abuelo) y primero de afinidad (cónyuge y sus padres).
En las operaciones han fallecido tres agentes de la Policía en el cumplimiento de su deber y no se han registrado bajas en las filas castrenses. Así lo informó este lunes el Gobierno en un último balance diario del llamado ‘Plan Fénix’ contra la violencia.
¿Cómo se entregará el bono?
La entrega del Bono extraordinario estará a cargo del Ministerio de Inclusión Económica y Social, una vez que el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas y la Comandancia General de la Policía hagan llegar las nóminas de los miembros, así como la verificación del cumplimiento de requisitos.
Para tales efectos, será dicha cartera de Estado establecerá los requisitos.El procedimiento de verificación, “deberá guardar estricta concordancia con la verificación de la condición que haya sido mermada o afectada en cumplimiento de sus funciones y como consecuencia por enfrentamientos y hostilidades (...) y haya producido estado de vulnerabilidad”.
Asimismo, de forma semana, el Ministerio de Inclusión Económica y Social mantendrá un registro actualizado de los afectados que hayan sido beneficiados con el bono.
De cuánto es el bono
El bono extraordinario consistirá en una compensación económica que se entregará por una sola vez, cuyo monto será de una remuneración básica unificada (USD 460).
La entrega del bono será aplicable, durante la vigencia del Decreto Ejecutivo No. 111 de 9 de enero de 2024, sin perjuicio de otros beneficios establecidos en la Ley para los miembros de las Fuerzas Armadas y PolicÍa Nacional.
Desde que fue emitido el Decreto 177 (viernes 23 de febrero), en un plazo de 5 días el Ministerio de Inclusión Económica y Social emitirá el instrumento legal correspondiente para la determinación de los requisitos y procedimiento aplicables para la concesión del bono.