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Quito: Se regulan aforos para evitar propagación de nuevas variantes de la Covid-19

Quito: Se regulan aforos para evitar propagación de nuevas variantes de la Covid-19 Quito Informa

El Municipio de Quito emitió este 26 de julio una nueva resolución donde se determina el nuevo aforo para los locales comerciales. Esto, n el marco de acciones implementadas para contribuir con la desaceleración de contagios de la COVID-19 y para promover una reactivación económica.

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Por lo tanto, las siguientes actividades económicas podrán funcionar con el siguiente aforo máximo:

  1. En centros comerciales (incluye patios de comidas), se reduce del 65% al 50%.
  2. Supermercados y mercados, 50%.
  3. Agencias bancarias y de cooperativas, 50%.
  4. Cines y teatros, el 50%.
  5. En el interior de auditorios, centros de convenciones, salones de alojamientos turísticos, salas de recepciones y banquetes, 50%; mientras que en el exterior será del 70%.
  6. Gimnasios y centros de entrenamiento (con excepción de gimnasios y centros de entrenamiento, destinados a práctica de deportes o actividades de contacto como artes marciales, lucha, box y/o similares) el aforo será del 50%.

La actividad económica «Auditorios, centros de convenciones, salones de alojamientos turísticos; y, salas de recepciones y banquetes», podrá albergar más de un evento en simultáneo, siempre que cuente con muros u otras barreras físicas que separen instalaciones requeridas para cada evento. Asimismo, deberán establecerse ingresos y salidas separadas para cada evento, ya sea en tiempo o espacio.

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Para los gimnasios se observará el protocolo de bioseguridad aprobado por la Secretaría de Salud.

Es importante indicar que las licencias únicas de actividades económicas continúan suspendidas para: bares; discotecas y centros de diversión nocturna.

La Secretaría de Salud indicó que presentará informes quincenales actualizados que permitan evaluar la vigencia de las medidas de restricción de aforo, dispuestas en esta disposición en relación con las indicadas actividades económicas.

Mientras que la Agencia Metropolitana de Control –AMC-, en el marco de sus competencias y en coordinación con los órganos correspondientes de la Administración Pública Central, ejercerá las actividades de control y, en general, adoptará las medidas necesarias para el cumplimiento de esta Resolución.

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