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Ecuador sí tendrá su feriado de Carnaval, así lo confirmó el COE Nacional

Los GAD’S deberán controlar el consumo de bebidas alcohólicas en el espacio público, durante el feriado de carnaval.

El COE Nacional ratifica que sí, habrá feriado de Carnaval y piden a los municipios imponer o reiterar las medidas de bioseguridad, para evitar aglomeraciones, en función d la situación actual epidemiológica y nivel de ocupación de camas hospitalarias y UCI. El feriado nacional regirá el 13, 14, 15 y 16 de febrero de 2021.

Además, ratificó la prohibición del desarrollo de eventos públicos masivos a nivel nacional, más aún durante los cuatro días de feriado, así también, recordó que ninguna Intendencia, emitirá permiso para el efecto. Así también, puntualizó el libre tránsito y movilidad del transporte terrestre en la Red Vial Estatal del Ecuador.

EL COE también exhortó a la ciudadanía en general para extremar la aplicación de las medidas de prevención (uso de mascarilla, respeto de los aforos, distanciamiento social, no concurrir a sitios sin ventilación).

Finalmente recomendó a las familias que, en el caso de decidir viajar fuera de sus lugares habituales de residencia, preferir los lugares y espacios abiertos ventilados, y; hacerlo en compañía de las personas con quienes convive.

Recomendaciones del COE Nacional:

  1. Control y respeto de aforos en el transporte público; en los GAD que tienen la competencia de tránsito se deberán generar los análisis de movilidad en su territorio.
  2. Establecer las normas para controlar los aforos en los diferentes espacios públicos (playas, parques, plazas, avenidas); y, comerciales (centros comerciales, áreas comunes de hoteles, restaurantes).
  3. Establecer estrategias que permitan minimizar las aglomeraciones que se generan en sus jurisdicciones. Así como, el control del comercio autónomo regulado y no regulado.
  4. Mantener cerradas las actividades comerciales que se realizan en espacios que no garantizan distanciamiento social tales como: bares discotecas, centros de tolerancia, centros de diversión nocturna y afines. En aquellas jurisdicciones, en las que ya que se ha autorizado su apertura, se debe regular, los aforos y horarios de funcionamiento.
  5. Permitir la apertura de las diferentes Áreas Protegidas en sus jurisdicciones, en virtud de que, por ser espacios abiertos naturales, permiten mantener el distanciamiento social necesario.
  6. Controlar el consumo de bebidas alcohólicas en el espacio público, durante el feriado de carnaval.

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