La mañana de hoy, 15 de noviembre de 2018, el Consejo de la Judicatura derogó el Código de Conducta para los abogados y el Código de Ética Judicial. Esto luego de que el gremio se pronunciara en redes sociales y se generara una polémica por la normativa.
«El Consejo de la Judicatura destaca el debate generado a partir de la aprobación del Código de Conducta. Pues ha fomentado el pronunciamiento de los abogados, así como de la sociedad civil», dice un comunicado de la institución.
El Código de Ética Judicial tiene 34 artículos y se aplicaría a todos los jueces y candidatos a puestos judiciales. En él se dispone a los administradores de justicia mantener y promover la independencia, la integridad y la imparcialidad en la función Judicial.
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🔺#ATENCIÓN 🔻 El Consejo de la Judicatura deroga el Código de Conducta para los Abogados y el Código de Ética Judicial ⤵️ pic.twitter.com/bkKKiqtOBK
— Consejo Judicatura (@CJudicaturaEc) November 15, 2018
Mientras que el Código de Conducta para abogados tiene 43 artículos. En ellos se hace mención a la relación entre el abogado – cliente, el rol que deben cumplir los abogados y las obligaciones que estos tienen.
En su artículo 7 se menciona que “el abogado no podrá sostener relaciones sexuales con su cliente a no ser que existiera una relación consensual entre ambos previo a comenzar la relación abogado- clientes”.
Rechazo de los abogados
Ante eso, abogados manifestaron su rechazo al Código de Conducta y cuestionaron al Consejo de la Judicatura por la emisión de la normativa, sin un debate previo que los incluyera.
¿El @CJudicaturaEc expide el Código de Conducta de los abogados sin siquiera haber preguntado a los abogados?¿ Regulan en el Art. 4 nuestros honorarios sin haber nunca litigado y hasta mandan y disponen sobre nuestra vida sexual? Vergonzosa la eucaristía judicial.
— Felipe Rodríguez Moreno (@FRM87) November 15, 2018
Pregunta seria: según este artículo no podría contratar un pasante judicial para que ayude con los trámites, el seguimiento de casos y los escritos. Imagínense cuantos chicos y chicas que trabajan en estudios jurídicos se verían afectados si seguimos el tenor literal. pic.twitter.com/ADXf1I5EAi
— Efren Guerrero Salgado (@auraneurotica) November 15, 2018
El @CJudicaturaEc tiene la competencia para emitir el #Codigodeconducta , pero en lo aprobado hay reglas que solo puede aprobarse por medio de una ley y regula algunas cosas de forma peligrosa cuando no absurda. No todo esta mal, pero lo que está mal es malo en serio.
— Farith Simon 🇪🇨🇵🇸 (@farithsimon) November 15, 2018
La Resolución 100A-2018 que aprueba el Código de Conducta para los Abogados en el Patrocinio de las Causas es un error y un horror @CJudicaturaEc transitorio. Inadmisible que no se haya consultado con el gremio y que lo socialicen ya emitido. Su contenido es totalmente inadecuado
— 𝐑𝐚𝐦𝐢𝐫𝐨 𝐆𝐚𝐫𝐜í𝐚 𝐅 (@ramirogarciaf) November 14, 2018
Una ex me acaba de pedir que le patrocine en un proceso. Si entre estas y las otras, volvemos a tener algo, cuenta como infracción al Código de Conducta o solo como “remember”? pic.twitter.com/54Z61L7Auz
— 𝐑𝐚𝐦𝐢𝐫𝐨 𝐆𝐚𝐫𝐜í𝐚 𝐅 (@ramirogarciaf) November 15, 2018
Ridículo.. digno del Consejo de la Judicatura actual..!
— Jessica Jaramillo 💚 (@JessyJaramilloY) November 14, 2018
Hemos regresado al nivel de prohibir relaciones sexuales y contratar a gente por su apellido.
Una lástima. pic.twitter.com/ORjnoxhBTo
Pregunta seria: según este artículo no podría contratar un pasante judicial para que ayude con los trámites, el seguimiento de casos y los escritos. Imagínense cuantos chicos y chicas que trabajan en estudios jurídicos se verían afectados si seguimos el tenor literal. pic.twitter.com/ADXf1I5EAi
— Efren Guerrero Salgado (@auraneurotica) November 15, 2018