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Gustavo Jalkh se pronunció sobre resolución del Consejo de Participación Ciudadana transitorio

El presidente del Consejo de la Judicatura, Gustavo Jalkh, realizó una rueda de prensa sobre resolución del Consejo de Participación Ciudadana transitorio que lo cesó en sus funciones.

Este martes 5 de junio, el presidente del Consejo de la Judicatura, Gustavo Jalkh, realizó una rueda de prensa. Esto sucedió por resolución del Consejo de Participación Ciudadana transitorio que lo cesó en sus funciones.

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Gustavo Jalkh, no se pronunció ayer sobre la resolución del Consejo de Participación Ciudadana transitorio. El Cpccst  destituyó a todos los vocales en una reunión que se realizó en el Teatro Universitario. Tampoco acudieron a la lectura de la resolución los vocales del Consejo, que tomó alrededor de cuatro horas.

Por esta razón, Gustavo Jalkh, dio una rueda de prensa para explicar todos los casos en los que el Consejo de Participación Ciudadana transitorio encontró irregularidades.

Jalkh señaló que se han cometido errores dentro del Consejo de la Judicatura, pero que no se ha infringido la ley, dentro de la rueda de prensa que la dictó.

Se espera recibir la notificación oficial

En la rueda de prensa, el presidente del Consejo de la Judicatura, Gustavo Jalkh, manifestó que todavía no ha recibido la notificación oficial que lo cesa de sus funciones.

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Denuncia sobre violación en el proceso

Adicionalmente, El Consejo de la Judicatura ha evidenciado una nueva violación al debido proceso. Tanto por la inclusión de temas que jamás les fueron notificados, así lo manifestó Gustavo Jalkh. «No se manifestó los temas para ejercer nuestro derecho a la defensa, como por el uso de otros parámetros de evaluación que no estaban expresamente indicados en el denominado “Mandato de Evaluación de las Autoridades Designadas por el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social”, aseguró en la rueda de prensa.

Asimismo, mencionó Jalkh, «constatamos que nuestros argumentos y pruebas de descargo no fueron considerados a la hora de resolver». Según el artículo 10 del referido Mandato, una vez que el presidente y los vocales sean notificados formalmente, acudirán a ejercer el derecho de impugnación a la resolución tomada por el CPCCS-T.

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