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Fiscalía logra sentencia en contra de esposo de María Sol L., excoordinadora del IESS

La sentencia se dictó por el delito de enriquecimiento privado no justificado en contra de Marcelo E. esposo de María Sol L. exfuncionaria del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, quien actualmente es procesada por el presunto delito de tráfico de influencias.

Este miércoles, 10 de enero de 2018, la Jueza Paola Logroño acogió el pedido de Fiscalía y dictó sentencia de 3 años de pena privativa de libertad a Marcelo E. por el delito de enriquecimiento privado no justificado. Además, ordenó el pago de una multa de 10 salarios mínimos unificados y la reparación integral por un valor de USD 506.602,27.

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La audiencia de juzgamiento inició el viernes 5 de enero en el Complejo Judicial Norte de Quito y se reanudó la mañana de este miércoles con la presentación de pruebas por parte de la defensa Marcelo E. esposo de María Sol L. exfuncionaria del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, quien actualmente es procesada por el presunto delito de tráfico de influencias.

Sobre la base de las investigaciones realizadas por la Unidad de Transparencia y Lucha contra la Corrupción, de la Fiscalía General del Estado, se presentaron varias pruebas testimoniales de funcionarios de la Contraloría General del Estado y trabajadores de las empresas relacionadas con Marcelo E., y un informe pericial que revisó las cuentas y movimientos bancarios del sentenciado, su esposa y sus hijos. Asimismo, pericialmente se examinó la información contable y tributaria de la sociedad conyugal.

La jueza de Garantías Penales señaló en su dictamen que, a pesar de que la actividad empresarial de Marcelo E. es lícita, las pruebas determinan que no existe justificación de más de medio millón de dólares en su incremento patrimonial, con relación a sus ingresos declarados durante 2015 y 2016.

Marcelo E. fue detenido el 3 de agosto de 2017 en el aeropuerto Mariscal Sucre de Quito, cuando intentaba viajar a EE.UU. junto con toda su familia.

En septiembre de 2017, por pedido de la Fiscalía, la jueza Ana Cristina Guerrón, dispuso la retención de las cuentas bancarias del procesado. La medida también incluyó a las cuentas de su esposa e hijos y la incautación de varios inmuebles.

Dato:
El delito de enriquecimiento privado no justificado, incluido en el artículo 297 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), sanciona con pena privativa de libertad de 3 a 5 años.

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