El Ministerio de Salud Pública informó hoy de que actualizó la normativa para autorizar la compra de medicamentos que no se encuentran en el cuadro nacional, en los casos excepcionales en que así lo requieran.
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La nueva normativa permite mayor «racionalidad y agilidad, sin abandonar el principio de que solo se debe autorizar aquellos medicamentos con eficacia y seguridad comprobada y real impacto sobre la salud», no así aquellos experimentales sobre los cuales no se ha recogido suficiente evidencia científica, indicó.
En un comunicado, la institución indicó que el nuevo acuerdo ministerial en mención incluye un capítulo que trata de la compra inmediata «-sin ningún tipo de espera-» de medicamentos fuera del cuadro nacional en casos de emergencia, con la autorización del propio establecimiento de salud y justificación posterior al Ministerio.
Además, la nueva normativa permite agrupar las solicitudes de medicamentos fuera del cuadro nacional, de manera que a partir de un mismo estudio se extiendan autorizaciones a otros casos similares, en todos los establecimientos de salud.
Adicionalmente, el nuevo acuerdo establece definiciones de las enfermedades raras de acuerdo con su prevalencia: «es enfermedad rara aquella que registra menos de 5 casos por cada 10.000 habitantes», anota.
Añade que esa definición se ajusta también a criterios internacionales y apunta que de esta manera se garantiza el reconocimiento de todos aquellos pacientes que padezcan de este tipo de enfermedades.
Según el Ministerio, el nuevo acuerdo ministerial que facilita la compra de medicamentos define un procedimiento que incluye una «declaratoria de conflicto de interés del médico que solicita el uso de un medicamento fuera del cuadro».
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«Con esto, se pretende establecer un mecanismo de transparencia para garantizar que prevalecen los intereses del paciente sobre los económicos y comerciales», señala.
EFE
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