Ahora, tanto las empresas públicas como privadas no pueden exigir ciertos requisitos durante los procesos de reclutamiento de personal.
PUBLICIDAD
Entre ellos están foto en la hoja de vida, información acerca del su pasado judicial de la persona y entre otras cosas.
El acuerdo No. MDT-2017-0082, publicado en el registro Oficial No. 16, con fecha 16 de junio de 2017, el Ministerio del Trabajo expidió la Normativa para la Erradicación de la Discriminación en el Ámbito Laboral.
El acuerdo tiene como objeto establecer regulaciones que permitan el acceso a los procesos de selección de personal en igualdad de condiciones, así como garantizar la igualdad y no discriminación en el ámbito laboral, estableciendo mecanismos de prevención de riesgos psicosociales.
¿Qué requisitos no puede exigir una empresa en la selección de personal?
Dentro de todo proceso de selección de personal para el acceso al trabajo se prohíbe solicitar al postulante:
a) Pruebas y/o resultados de embarazo.
b) Información referente al estado civil.
c) Fotografías en el perfil de la hoja de vida.
d) Pruebas y/o resultados de exámenes de VIH/SIDA.
e) Información de cualquier índole acerca de su pasado judicial.
f) Su asistencia prohibiendo vestimentas propias referentes a su etnia o a su
identidad de género.
g) Pólizas de seguro privado por enfermedades degenerativas o catastróficas.
h) Establecer como requisitos, criterios de selección referentes a la edad, sexo,
etnia, identidad de género, religión, pasado judicial, y otros requisitos
discriminatorios detallados en el presente acuerdo.
El acuerdo señala que las disposiciones de esta normativa «son de aplicación obligatoria para el sector público y privado» y que «todas las personas tienen el derecho de participar en igualdad de oportunidades y libres de discriminación de cualquier índole en los procesos de selección de personal en el sector público y privado».
PUBLICIDAD
RELACIONADO