La entrega de hojas volantes o ‘volanteo’ en la calles es una de las prohibiciones que contempla la ordenanza de Publicidad Exterior. La normativa entrará en vigencia a partir de la próxima semana, cuando lo firme el alcalde de Quito, Mauricio Rodas. Las sanciones contemplan pagos de hasta el 65% del Salario Básico Unificado.
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La nueva ordenanza también prohíbe la publicidad exterior que pueda producir miedo, alarma, alboroto, confusión o desorden público.
Además, no se permitirán anuncios que induzcan a la violencia, a la discriminación, al racismo, a la toxicomanía, al sexismo o a la intolerancia religiosa o política.
La publicidad engañosa subliminal que induzca al consumo de bebidas alcohólicas o tabaco también queda prohibida.
Lo mismo se dispone para publicidad fija o móvil a través de los dispositivos sonoros tales como campanas, parlantes, altavoces, silbatos o sirenas.
La ordenanza sustitutiva que fue aprobada en el Concejo además contempla un régimen sancionatorio para aquellas publicidades que no cuenten con una licencia y que según un censo de las administraciones zonales corresponde al 89% de las existentes.
Transición
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En la ordenanza sustitutiva se establece un régimen de transición para que en un plazo de 90 días después de que la Secretaría de Territorio emita su reglamentación, las empresas tramiten los permisos, regulen la publicidad y cumplan con las normas establecidas. (PSD)
El Dato
Para el Centro Histórico de Quito se mantiene la rotulación y la tipografía contempladas en la ordenanza 308.
Controles
La Agencia Metropolitana de Control vigilará el cumplimiento de la normativa.Si una empresa obtuvo un permiso para colocar un anuncio de 8 metros y ocupó 10 metros, la sanción será sobre los 2 metros que se hicieron sin permiso.
Si una empresa insiste en mantener un letrero de forma ilegal, el Municipio procederá a desmontarlo y los gastos lo asumirá la empresa.
Con información de QuitoPress