La Ley Solidaria entra en vigencia desde hoy, 1 de junio del 2016, en Ecuador. Uno de los ítems de la normativa es el incremento del Impuesto al Valor Agregado (IVA) del 12 al 14%.
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Los recursos recaudados por el incremento del 2% del tributo serán destinados a la reconstrucción de las zonas afectadas por el terremoto del pasado 16 de abril del 2016.
El 14% de IVA aplica a las transacciones realizadas con los medios de pago tradicionales, es decir, con monedas, billetes y cheques.
El consumidor que cancele bienes y servicios con tarjetas de crédito, débito y prepago recibirá como reembolso el 1% del IVA en una cuenta de dinero electrónico. Si el consumidor utiliza dinero electrónico para sus pagos, los bienes y servicios se le devolverá el 4% del IVA de la misma forma, según información del Servicio de Rentas Internas.
El cobro no será efectivo en la compra de productos como: frutas, verduras, cárnicos, lácteos, cereales y granos. Tampoco a medicamentos, combustibles, alquileres, servicios de educación, servicios básicos y servicios de transporte urbano.
¡TE INTERESA! Conoce los productos y servicios que no pagan el IVA