En el marco de la conmemoración del Día Internacional de la Mujer hoy 8 de marzo de 2016, a las 10h00, en un acto a realizarse en las instalaciones del IMAX (Malecón Simón Bolívar y Loja), el Municipio de Guayaquil presentará la campaña “Que no te toque”, dedicada a erradicar el abuso sexual en el transporte público.
La campaña busca formar conciencia en los varones de que en esta ciudad se respeta a la mujer y es una iniciativa de la DASE de la M. I.Municipalidad de Guayaquil, Fundación Municipal Transporte Masivo Urbano de Guayaquil – Metrovía, Fundación María Guare, CEPAM – Guayaquil, Escuela Superior Politécnica (ESPOL), y cuenta con la participación de la Policía Nacional.
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Las mujeres en Guayaquil, sin distingo de edad o condición social, han estado expuestas a través de los años al peligro del abuso sexual en espacios públicos y privados, sobre todo donde hay afluencia de gente, como transportes, conciertos, estadios, etc. En la Metrovía ha sido posible registrar casos de abuso, gracias a sus mecanismos de control que han permitido conocer la frecuencia del problema, y por ende la importancia de impulsar esta iniciativa.
Encuestas realizadas revelaron que 6 de cada 10 usuarias del transporte público aseguran haber sido víctimas de abuso sexual, el 86,04% de mujeres consultadas tiene la percepción de que este problema se da en la transportación en general, y una de cada cuatro mujeres a nivel nacional ha sufrido abuso sexual, según estadísticas del INEC en el censo 2010.
Y estas son algunas de las estadísticas en el Ecuador, a propósito del Día Internacional de la Mujer.
La campaña “Que no te toque”, en su primera fase, tiene como objetivo concienciar a la comunidad sobre el abuso sexual en el transporte público con el fin de que la ciudadanía se empodere para tomar medidas y erradicarlo.
A través de diferentes medios, se invitará a la ciudadanía a detener a abusadores y dar cumplimiento al Artículo 170 del Código Integral Penal (COIP) sobre el abuso sexual: “La persona que, en contra de la voluntad de otra, ejecute sobre ella o la obligue a ejecutar sobre sí misma u otra persona, un acto de naturaleza sexual, sin que exista penetración o acceso carnal, será sancionada con pena privativa de libertad de tres a cinco años”.