Las empresas ecuatorianas que decidan acogerse a la jornada laboral reducida, que plantea el Gobierno de Rafael Correa para evitar los despidos en las empresas privadas, deberán cumplir ocho requisitos básicos.
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Esto, según lo establece el artículo 4 del texto para primer debate de laLey Orgánica para la Promoción del Trabajo Juvenil, Conservación del Empleo y Seguro de Desempleo, que aprobó el viernes 4 de marzo de 2016 la Comisión de los Trabajadores de la Asamblea Nacional de Ecuador.
VER: Vinicio Alvarado y su idea para acortar la jornada laboral
En el texto se establece que previo a que se acojan a la medida, las empresas deberán demostrar que en condiciones de crisis, han optimizado sus gastos en todos los niveles de administración de la empresa, es decir, reducido el salario a altos ejecutivos, o abstenerse de efectuar inversiones que no sean necesarias.
Además, para obtener la autorización del Ministerio del Trabajo deben demostrar que han registrado pérdidas en sus ingresos por más del 30% en el último trimestre antes de la medida. No podrán acceder a ella por más de seis meses que serán renovables, por una sola vez, en el último ejercicio económico.
Los trabajadores recibirán su salario en función de las horas laboradas en la empresa y está prohibido el despido de personal en el tiempo que se acojan a la normativa. En caso de registrarse eventos de ese tipo, el empleador “no podrá volver a solicitar la autorización” y “las indemnizaciones y bonificaciones que por ley correspondan se pagarán de acuerdo a la última remuneración percibida antes del ajuste de la jornada”.
El texto, que se debatirá el próximo lunes, también indica que el pago de las aportaciones mensuales al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) se hará en función de la última remuneración que recibía el trabajador. El aporte de los empleadores será objeto de la deducción del impuesto a la renta.
Otra de las condiciones que establece la normativa es que los propietarios de las empresas no podrán declarar utilidades o dividendos a sus accionistas, mientras no se haya cancelado a los trabajadores en nómina el valor de las 40 horas semanales.
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Al finalizar el período de reducción de la jornada laboral, los empresarios estarán en la obligación de entregar a sus trabajadores “un reconocimiento o bonificación equivalente a la última remuneración que recibía el trabajador antes de la reducción de la jornada”. Con esos requisitos, según los legisladores, se evitará la precarización laboral y se garantizará que no se incremente la tasa de desempleo, que durante 2015 se ubicó en 4,77% en 2015.
La Comisión de los Derechos de los Trabajadores de la Asamblea Nacional aprobó este viernes, con 9 votos a favor y dos en contra, el informe para el primer debate del proyecto de Ley para la Optimización de la Jornada Laboral y Seguro de Desempleo. Más datos aquí.