En la tarde del 4 de junio de 2025, la CONMEBOL anunció una multa de $50.000 al director técnico de Barcelona Sporting Club, Segundo Alejandro Castillo, por violar el artículo 6.3.3 del Manual de Clubes de la CONMEBOL Libertadores 2025.
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¿Cómo se originó la multa?
La sanción se originó en el partido frente a River Plate, donde Castillo apareció en zona técnica portando un pin de una marca no autorizada, lo que representa una infracción al reglamento de patrocinio.
La infracción por parte del DT se establece en artículo 6.3.3 del Manual de Clubes de la CONMEBOL Libertadores 2025. La cual prohíbe expresamente el llamado "marketing de emboscada“, es decir, cualquier intento por parte de una entidad, marca o persona no autorizada, de generar una asociación indebida con la imagen comercial del torneo o sus elementos oficiales.
Multa adicional a Barcelona SC
Además, la CONMEBOL sancionó al club Barcelona SC con $10.000 adicionales por incumplir el artículo 4.3.1.2 del mismo manual, que hace referencia al estado del césped natural del estadio.
El informe técnico señaló que el campo no cumplía con los estándares mínimos de calidad exigidos, principalmente tras los eventos realizados por las celebraciones del centenario del club.
“La superficie del campo de juego debe ser de césped natural, de excelente calidad, que permita parámetros seguros de torsión, pique y rodamiento del balón”, establece el reglamento.
Advertencia formal y descuento automático
La entidad sudamericana advirtió a Barcelona SC y a Segundo Castillo que, de repetirse estas faltas, las sanciones podrían ser más severas.
Los $60.000 en multas serán descontados directamente de los premios económicos que el club recibe por derechos de televisión y patrocinio en la Copa Libertadores 2025.
