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¿Qué pasa con el costo de las matrículas?Revise el nuevo reglamento del Ministerio de Educación

El Ministerio de Educación estableció nuevas reglas para incrementos.

Nueva malla curricular.
Nuevas materias en Ecuador (César Muñoz/API)

El Ministerio de Educación expidió el Acuerdo Ministerial MINEDUC-MINEDUC-2025-00030-A, que regula el cobro de matrículas y pensiones en instituciones educativas particulares y fiscomisionales, derogando la normativa de 2021 para adecuarla al marco legal actualizado.

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Entre las disposiciones más relevantes está que el valor de la matrícula no podrá exceder el 75% de la pensión neta y solo se cobrará una vez al año. Las pensiones deberán distribuirse de forma prorrateada según el régimen escolar (Costa-Galápagos o Sierra-Amazonía) y no podrán incrementarse durante el año lectivo.

Para incrementar los valores, los colegios tendrán dos vías: inversión en calidad educativa, infraestructura o tecnología, o sostenibilidad del empleo docente.

En el primer caso, el aumento máximo estará atado a la tasa de interés del segmento educativo definida por el Banco Central; en el segundo, dependerá del alza del salario básico unificado. Estas revisiones solo podrán hacerse cada dos años para inversión y cada año para sostenibilidad.

El reglamento también establece que todas las instituciones deben publicar de forma transparente los valores autorizados de matrícula y pensión, así como los costos referenciales de uniformes, útiles y servicios complementarios. A partir del año lectivo 2026-2027, el valor total de uniformes, textos y útiles no podrá superar el equivalente a un décimo cuarto sueldo, y los padres podrán adquirirlos en cualquier proveedor.

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