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Código de Ética: Valor de obsequios para funcionarios públicos no podrán superar los USD 200

Los funcionarios públicos que, en razón de sus funciones, asisten a eventos, conferencias o reuniones internacionales, podrán entregar y recibir obsequios que no superen un valor de USD 200.

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Así lo señala el Art. 22 del Código de Ética y Estándares de Conducta Gubernamental firmado por el presidente Guillermo Lasso, el primer día de su gobierno.

El Decreto indica que si el obsequio supera ese valor, deberá de forma respetuosa rechazar el presente. En caso de no poder hacerlo por diplomacia, el obsequio será enviado directamente al Estado para el beneficio y goce de los ciudadanos.

Para ello, se elaborará un manual sobre uso y disposición de regalos, obsequios u objetos que sean recibidos por parte del Estado y será publicado en la página web de presidencia.

Prohibiciones que señala el Código de Ética

El Código también menciona que los funcionarios como: presidente, vicepresidente, ministros, viceministros, secretarios, subsecretarios, máximas autoridades de la función ejecutiva, así como directivos de empresas públicas, no deberán aceptar regalos, obsequios y dádivas, o cualquier beneficio por parte de personas naturales o empresas que tengan o pretendan entablar relaciones comerciales con el Estado.

Así mismo, establece la prohibición de organizar rifas, colectas o recepción de cuotas de otros funcionarios públicos para entregar obsequios o regalos o otro funcionario de menor o mayor jerarquía.

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