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‘Hoy no Circula’: Así queda la circulación en Quito con el toque de queda en la semana del 3 al 9 de mayo

(Daniel Molineros)

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El plan de restricción vehicular ‘Hoy no Circula’ no aplicará hasta el 20 de mayo de 2021, fecha en la que vence el estado de excepción decretado en 16 provincias y rigen ciertas restricciones que incluyen un toque de queda. Por tanto, la circulación en Quito queda de la siguiente manera:

Circulación de lunes a jueves

Desde las 05:00 hasta las 20:00: Hay LIBRE circulación en la ciudad.

A partir de las 20:00 hasta las 05:00 (del día siguiente): Regirá un toque de queda. Quiere decir que ni personas se podrán movilizar ni vehículos podrán circular; salvo ciertas excepciones.

Circulación los viernes, sábado y domingo

De 05:00 a 20:00 del viernes hay libre circulación.

Desde las 20:00 del viernes comienza un toque de queda ininterrumpido durante todo el fin de semana (sábado y domingo) hasta las 05:00 del lunes.

Este esquema es parte del establecido dentro de las medidas del Comité de Operaciones de Emergencia (COE) Nacional y el decreto firmado por el presidente Lenín Moreno que vence el 20 de mayo de 2021.

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En COE Nacional determinó en resolución que de lunes a viernes (de 05:00 a 20:00) no apliquen planes de restricción, sino libre movilidad para todas las placas; claramente en el horario que no rige el toque de queda.

TAXIS Y TRANSPORTE

El servicio de taxis legalmente acreditados sí podrán funcionar durante las 24 horas. Sin embargo, mientras dure el toque de queda solo deberán transportar a personal estratégico o de primera línea que tendrá demostrar mediante su credencial el motivo de su desplazamiento.

El transporte público operará de acuerdo a nuevos horarios. Los fines de semana prestarán servicio únicamente al personal estratégico.

Las personas que requieran trasladarse a aeropuerto tendrán que justificar su movilización con el pasaje original o copia servirá como documento habilitante. Lo mismo aplicará para quien debe dejar o recoger a un pasajero.

Los salvoconductos emitidos por todos los Gobiernos Autónomos Descentralizados de las 16 provincias quedan sin efecto, así como se prohíbe la emisión de nuevos salvoconductos.

EXCEPCIONES

En las restricciones se exceptúan al personal de los servicios sanitarios, de la seguridad pública, de los sectores estratégicos de la economía, los servicios de emergencia vial, el sector exportador, los servicios básicos, de provisión de alimentos y medicinas, trabajadores de medios de comunicación, del servicio diplomático, abogados y personal de justicia.

Estos sectores deben presentar documentos según sea el caso: Credencial profesional o institucional, RUC, RISE  o guía de remisión, pasajes del titular o tickets de embarque, turno para vacunación y cita médica verificable.

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