Mediante Decreto Ejecutivo 823 se renovó el estado de excepción decretado en todos los centros de privación de libertad que integran el sistema de rehabilitación social a nivel nacional.
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Durante el período de vigencia del estado excepción se presentaron los siguientes actos violentos: cinco amotinamientos, un intento de amotinamiento, doce personas privadas de libertad murieron en amotinamientos, cuarenta servidores policiales heridos durante requisas, entre otros.
Esta decisión se tomó por recomendación del SNAI se requiere un período de transición que permita regresar al estado ordinario del sistema de rehabilitación social de modo gradual, evitando afectaciones a los derechos de las personas privadas de libertad y demás personas que intervienen.
¿Qué es estado de excepción?
Según el artículo 28 de la Ley de Seguridad Pública y del Estado define a los estados de excepción como la respuesta a graves amenazas de origen natural o antrópico que afectan la seguridad y del Estado y corresponden a un régimen de legalidad en el cual no podrán cometerse arbitrariedades en el contexto de la declaración; estos se dictan por Decreto en caso de estricta necesidad cuando el orden institucional no es capaz de responder a las amenazas de seguridad de las personas y del Estado, deberán expresar la causa, motivación