Este jueves 24 de enero, el Tribunal Contencioso Electoral (TCE) resolvió que Galo Lara del Partido Sociedad Patriótica, sí podrá ser candidato a la prefectura de Los Rios. Esto luego de aceptar la apelación interpuesta por Lara el pasado 21 de enero.
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El 9 de enero, el Consejo Nacional Electoral con 5 votos a favor se negó a inscribir la candidatura de Lara por poseer una sentencia ejecutoria y no gozar de todos sus derechos de ciudadania y políticos. Sin embargo, el jueves 24 el (TCE) decidió revocar la resolución con tres votos de los jueces: Joaquín Viteri, Ángel Torres y María de los Ángeles Bones.
En la consulta popular del pasado 4 de febrero, se reformó el artículo 233 de la Constitución, en el que se estableció que estarán impedidos de participar las personas que enfrenten condenas ejecutoriadas por los delitos de peculado, enriquecimiento ilícito, concusión, cohecho, tráfico de influencias, tráfico de influencias, así como lavado de activos, asociación ilícita y delincuencia organizada relacionados con actos de corrupción.
Sin embargo, este articulo esta en contradicción con el artículo 64 de la Carta Magna, el cual restringe el derecho de participación pero en distintos niveles, generando un titubeo en la aplicación de la ley.
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Galo Lara y la Ley
El militante de Sociedad Patriótica, Galo Lara fue condenado el 2 de septiembre del 2013 por estar implicado en el crimen del caso Quinsaloma. Lara se acogió a la prelibertad y el 3 de agosto del 2018 fue liberado luego de haber cumplido 4 años de los 10 de su sentencia. En este tiempo él se declaró como perseguido político del gobierno de Rafael Correa.
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