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Fiscalía: Prisión preventiva para presuntos agresores sexuales de mujer en bar-restaurante de Quito

Una mujer fue hallada inconsciente, desnuda y completamente mojada, con signos de haber sido violentada sexualmente. Los agresores recibieron prisión preventiva

Los tres presuntos agresores sexuales de una mujer de 35 años fueron procesados por delito de violación. Esta diligencia se realizó la tarde del 14 de enero de 2019. Los ciudadanos Juan Andrés M., y los hermanos Jhon Alexander y Danny Paúl C., -este último DJ del lugar donde habría sucedido el ilícito quedaron con prisión preventiva.

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En la audiencia de formulación de cargos, el fiscal de Flagrancia, Cristian Camacho, presentó la denuncia del padre de la víctima.

También el parte de aprehensión de los ahora procesados, las versiones de tres personas que encontraron a la víctima y el examen psicológico de la mujer donde manifiesta que luego de dos bebidas quedó sin conciencia.

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Los hechos

La tarde del domingo 13 de enero, tres personas encontraron a la mujer de 35 años en el baño del segundo piso de un bar-restaurante ubicado en la Jipijapa, norte de Quito. La joven fue hallada inconsciente, desnuda y completamente mojada, con signos de haber sido violentada sexualmente.

En el mismo lugar, se encontraban los tres ciudadanos, con síntomas de haber ingerido licor.

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Tras el hallazgo, el dueño del lugar llamó a la Policía y los ciudadanos fueron traslados a la Unidad de Flagrancia y la víctima fue hospitalizada en una casa de salud en Quito.

Medidas de protección para la víctima

La instrucción fiscal en este caso durará 30 días. El proceso se sigue bajo el artículo 171, numeral 1 del Código Orgánico Integral Penal (COIP). Cuando se comete violación en una persona que ha sido privada de la razón o el sentido.

Para la víctima se otorgaron medidas de protección de los numerales 3,4 y 9 del artículo 558 del COIP, que son la prohibición a los procesados de ejecutar actos de persecución o intimidación en su contra y de sus familiares, a través de sí mismo o de terceras personas; la emisión de una boleta de auxilio a favor de la mujer y su familia; así como su respectivo tratamiento.

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