El Servicio de Rentas Internas (SRI) pone a disposición el formulario de proyección de Gastos Personales, aplicable para el año 2019, que debe ser presentado por los trabajadores en relación de dependencia a sus empleadores hasta el 31 de enero de 2019.
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Para acceder al formulario
- Ingrese a www.sri.gob.ec
- Clic en la sección Información sobre impuestos
- ¿Cómo declaro mis impuestos?
- Formulario y guías
- Gastos Personales, o da clic aquí.
La fracción básica desgravada para el 2019 es de USD 11.310. El total de gastos personales deducibles será de hasta el 50% de los ingresos gravados del contribuyente sin que supere los valores de USD 14.703,00 para el territorio continental y USD 26.510,00 para Galápagos.
Los gastos deducibles son los siguientes rubros:
- Alimentación (hasta $ 3.675,75): Los gastos por la compra de alimentos preparados; y pensiones alimenticias.
- Educación, arte y cultura (hasta $ 3.675,75): Matrícula, pensión, derechos de grado, útiles escolares, libros, uniformes, transporte, equipos de computación, material didáctico, cursos de dibujo, pintura, danza, música, teatro, escultura, idiomas, etc.
- Salud: (hasta $ 14.703): Honorarios médicos, pago en hospitales, clínicas y laboratorios, seguros médicos, medicinas,lentes, prótesis, y algún otro accesorio para la salud. O hasta $ 22.620: si son gastos por enfermedades catastróficas, raras o huérfanas debidamente certificadas o avaladas por la autoridad sanitaria nacional competente.
- Vestimenta (hasta $ 3.675,75): Prendas de vestir, pañales. No aplica para accesorios, ni joyas.
- Vivienda (hasta $ 3.675,75): Intereses de préstamo hipotecario con una entidad financiera, gastos en remodelación, ampliación o mantenimiento de la casa, arriendo, servicios básicos (agua, gas, energía eléctrica y telefonía convencional); y alícuotas.
La nueva versión del Anexo RDEP cuenta con los siguientes cambios:
1. En gastos de salud se incluye el concepto de enfermedades catastróficas, raras o huérfanas;
2. En deducción de gastos personales se añade el concepto de educación, arte y cultura (esta información se presentará en un solo casillero y no por separado) y,
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3. Nueva tabla del Impuesto a la Renta 2019.
Además, los contribuyentes tienen a su disposición la plantilla del Anexo RDEP en excel, para facilitar el registro de información de sus empleados. Este archivo será aceptado en el sistema, siempre que cumpla con la estructura establecida de la plantilla. Puede descargarla aquí.
Las fechas de presentación para el Anexo RDEP son las siguientes:
Cuando una fecha de vencimiento coincida con días de descanso obligatorio o feriados, aquella se trasladará al siguiente día hábil.
En el caso de enfermedades catastróficas, raras o huérfanas, los gastos por el rubro de salud, serán deducibles hasta por un valor equivalente a dos fracciones básicas desgravadas del Impuesto a la Renta de personas naturales para el continente y 3,606 veces para Galápagos, esto es USD 22.620,00 y USD 40.783,86 respectivamente; considerando estos montos como máximos deducibles en la totalidad de gastos personales, incluidos los demás rubros, cada uno cumpliendo los límites establecidos.
Cuando el trabajador considere que su proyección de gastos personales es diferente a la originalmente presentada, podrá entregar en los meses de julio o agosto del ejercicio fiscal 2019, una nueva proyección a su empleador. También podrá hacerlo en cualquier mes del año, en el caso de existir un incremento en el sueldo o salario, o cuando los gastos personales proyectados previamente sean superiores a los que efectivamente se estime efectuar, de acuerdo a lo señalado en la Resolución No. SRI-NAC-DGER2008-0621 publicada en el Registro Oficial No. 344 del 23 de mayo de 2008 y sus reformas.