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Judicatura: Reformas sobre pago de pensiones alimenticias

Actualmente, por una disposición de la Corte Constitucional, cuando hay pensiones alimenticias pendientes, se convoca primero a una audiencia en la que se dictan las medidas de apremio.

El titular del Consejo de la Judicatura (CNJ), Gustavo Jalkh, y la presidenta de la Asamblea Nacional, Elizabeth Cabezas, mantuvieron este lunes una reunión en que la autoridad judicial pidió que se incluya en la agenda legislativa reformas legales que permitan dar agilidad al proceso de pago de pensiones alimenticias.

En el encuentro, Jalkh explicó que es necesario reformar el artículo 137 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) para que, en caso de que haya dos o más pensiones impagas, el juez pueda emitir inmediatamente la boleta de apremio contra el deudor y luego convocar a una audiencia en la que se establezca la voluntad real de pago.

¿Cómo funciona actualmente?

Actualmente, por una disposición de la Corte Constitucional, cuando hay pensiones alimenticias pendientes, se convoca primero a una audiencia en la que se dictan las medidas de apremio.

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Según Jalkh, esto ha implicado que la Función Judicial tenga que atender 5.000 audiencias adicionales por mes, así como retrasos en el cumplimiento de las diligencias.

«Planteamos un cambio puntual que nos permitirá ser ágiles en la determinación de las boletas de apremio y de la buena fe del obligado», apuntó. La autoridad judicial recordó que la propuesta fue presentada en septiembre de 2017 a la Comisión de Justicia de la Asamblea.

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