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Black Friday: Conoce los productos que ingresan al Ecuador sin pagar tributos

Las personas que lleguen al país pueden ingresar sus efectos personales. Aquí te dejaos la lista.

Senae (El Servicio Nacional de Aduana del Ecuador) publicó en sus redes sociales la lista de productos que se puede ingresar al Ecuador sin pagar tributos.

  1. El Black Friday de Electrodomésticos en Quito y Guayaquil

Las personas que lleguen al país pueden ingresar sus efectos personales que son aquellos bienes que acompañan al pasajero o al grupo familiar, siempre que por su cantidad o valor no puedan ser considerados comerciales, y que se encuentran exentos del pago de tributos al comercio exterior, recargos arancelarios y de la presentación de autorizaciones, permisos, licencias y registros de importación.

Así que si vas a trae artículo vía aérea, ¡ojo con esto!

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¿Qué mercancías son consideradas como efectos personales?

  1. Prendas de vestir de uso personal
  2. Joyas, bisutería, adornos personales y adornos para el hogar
  3. Libros, revistas, material fotográfico y documentos impresos o manuscritos
  4. Alimentos procesados, debidamente sellados o empacados al vacío
  5. Alimentos y artículos para niños
  6. Los instrumentos, equipos y herramientas portátiles, propios de la profesión u oficio del pasajero, sean estos nuevos o usados e indistintamente del motivo del viaje, siempre que se justifique fehacientemente dicha actividad laboral mediante el carné profesional, contrato de trabajo en el país u otro documento público o privado, siempre que hayan sido emitidos previo a que el pasajero se someta al control aduanero;
  7. Máximo 1 herramienta portátil de uso doméstico, en el caso de que no sea propia de la profesión u oficio del pasajero
  8. Medicamentos, vitaminas y suplementos alimenticios. Para el caso de medicamentos deberán estar acompañados con su respectiva prescripción médica nacional o extranjera. Para el caso de suplementos alimenticios, máximo 4 Kg.

  1. Ayudas técnicas para adultos mayores o personas con discapacidad, sean pasajeros o familiares de éstos cuyo parentesco corresponda al cuarto grado de consanguinidad y segundo grado de afinidad, y que por su condición no puedan viajar, tales como: sillas de ruedas, muletas, aparatos ortopédicos y similares, equipos necesarios para control médico, movilización y desenvolvimiento independiente, siempre que todos estos implementos estén acordes a la adultez mayor o discapacidad y en cantidades exclusivas para uso personal;
  2. Aparatos de medición de presión arterial, de temperatura y de glucosa, máximo 2 por cada uno, por pasajero o grupo familiar.
  3. Un Equipo de acampar, por pasajero o grupo familiar.
  4. Discos compactos de video, música o datos que puedan ser transportados normalmente por una persona.
  5. Máximo 2 animales domésticos vivos como mascota, cumpliendo con lo establecido por la autoridad sanitaria correspondiente. Para mayor información visite: http://www.agrocalidad.gob.ec/mascotas/)
  6. Máximo 2 instrumentos musicales con o sin sus accesorios; y/o máximo 2 accesorios musicales que no estén con su instrumento musical principal, que puedan ser transportados normalmente por una persona
  7. Máximo 3 artículos utilizados en deportes distintos y/o sus accesorios que puedan ser transportados normalmente por una persona.
  8. Juguetes y/o sus accesorios que puedan ser transportados normalmente por una persona.
  9. En caso de pasajeros mayores de 18 años de edad, máximo 3 litros de bebidas alcohólicas, 20 cajetillas de cigarrillos de 20 unidades, 1 libra de tabaco y 25 unidades de habanos o cigarros. Cuando un mismo envase exceda los 3 litros de bebidas alcohólicas, 1 libra de tabaco o 25 unidades de habanos o cigarros se deberá tributar en la parte proporcional a la diferencia no exenta.
  10. Máximo 6 memorias digitales para cámara fotográfica, computadoras o dispositivos móviles incluyendo teléfonos celulares, exceptuando las que vengan incorporadas en los equipos antes mencionados.
  11. Máximo 10 videojuegos, entendiéndose como casetes, CD o similares.
  12. Utensilios de cocina, siempre y cuando no sean eléctricos, que puedan ser transportados por una persona.
  13. Aparatos eléctricos portátiles de cuidado o aseo personal, tales como: secadora de cabello, plancha de cabello, afeitadora, y similares, una unidad de cada aparato por pasajero o dos unidades de cada aparato por grupo familiar;
  14. 3 aparatos eléctricos portátiles de uso doméstico por pasajero o grupo familiar;
  15. Máximo 300 mililitros de perfume por pasajero o 600 mililitros de perfume por grupo familiar, contenidos en frascos nuevos
  16. Hasta 1250 mililitros en total por pasajero o 3000 mililitros en total por grupo familiar, de cremas, lociones corporales, splash y similares, contenidos en envases nuevos.

Así es como puedes aprovechar los mejores early Black Friday deals

También se consideran como efectos personales hasta 1 unidad nueva y 1 usada de los siguientes artículos:

    • Teléfono celular Cámara fotográfica Videograbadora o filmadora Receptor digital multimedia y/o reproductor de imagen/video o sonido portátiles, de uso doméstico Teléfono satelital Agenda electrónica u ordenador personal en tableta (tablet) Equipo de posicionamiento global portátil (GPS) para uso personal Computador portátil y/o sus periféricos (mouse, audífonos y similares) Consola para videojuegos y máximo 2 accesorios, sean estas portátiles o no Calculadora electrónica.
  1. Teléfono celular
  2. Cámara fotográfica
  3. Videograbadora o filmadora
  4. Receptor digital multimedia y/o reproductor de imagen/video o sonido portátiles, de uso doméstico
  5. Teléfono satelital
  6. Agenda electrónica u ordenador personal en tableta (tablet)
  7. Equipo de posicionamiento global portátil (GPS) para uso personal
  8. Computador portátil y/o sus periféricos (mouse, audífonos y similares)
  9. Consola para videojuegos y máximo 2 accesorios, sean estas portátiles o no
  10. Calculadora electrónica.

En caso de encontrarse en poder del pasajero o grupo familiar más unidades de las indicadas en la lista precedente, se las considerará bienes tributables; por lo tanto, su valor conformará parte de la base imponible de la obligación tributaria.

Además, se consideran como efectos personales hasta 1 unidad, nueva o usada de los siguientes artículos:

    • Televisor hasta de 32”; Monitor de computadora hasta de 24”; Computador de escritorio y/o sus periféricos (mouse, audífonos, cámara, teclado, scanner y similares), de uso doméstico; Impresora de escritorio, de uso doméstico, cuyo valor no supere los US $ 300,00; Prismáticos; Telescopio; Aparato de proyección y/o pantalla de uso doméstico; y Teléfono o fax; y, Dron, cuyo valor no supere los US $500.00. En caso de encontrarse dos o más unidades, de los artículos indicados en la lista precedente independientemente de que la segunda unidad sea nueva o usada, se la considerará bienes tributables; por lo tanto, su valor conformará parte de la base imponible de la obligación tributaria.
  1. Televisor hasta de 32”;
  2. Monitor de computadora hasta de 24”;
  3. Computador de escritorio y/o sus periféricos (mouse, audífonos, cámara, teclado, scanner y similares), de uso doméstico;
  4. Impresora de escritorio, de uso doméstico, cuyo valor no supere los US $ 300,00;
  5. Prismáticos;
  6. Telescopio;
  7. Aparato de proyección y/o pantalla de uso doméstico; y
  8. Teléfono o fax; y,
  9. Dron, cuyo valor no supere los US $500.00.
  10. En caso de encontrarse dos o más unidades, de los artículos indicados en la lista precedente independientemente de que la segunda unidad sea nueva o usada, se la considerará bienes tributables; por lo tanto, su valor conformará parte de la base imponible de la obligación tributaria.

Se considera también como efectos personales que acompañen al pasajero, un bien o conjunto de bienes, no especificados anteriormente y que no tenga restricciones por volumen, cantidad o tamaño, cuyo valor no supere los USD 500,00 (quinientos dólares de los Estados Unidos de América).

Dinero

Está obligado a declararlos al igual que si trae un monto igual o superior a $ 10.000.

En migración puedes solicitar el formulario de Registro Aduanero

6 tips para realizar compras seguras en el ‘Black Friday’

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