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Referéndum y consulta popular: ¿Quiénes están obligados a votar y quiénes no?

Todo lo que debes saber

Cuenca,Ecuador 9 de febrero de 2025 En la Unidad Educativa Octavio Cordero Palacios,personal del CNE y personal de las juntas en el conteo de votos de las elecciones generales 2025.
Cuenca,Ecuador 9 de febrero de 2025 En la Unidad Educativa Octavio Cordero Palacios,personal del CNE y personal de las juntas en el conteo de votos de las elecciones generales 2025. (APIFOTO)

Este domingo 16 de noviembre de 2025, más de 13 millones de ecuatorianos están convocados al referéndum y consulta popular 2025, tanto en el territorio nacional como en el exterior. El Consejo Nacional Electoral (CNE) recordó que el voto es un derecho, pero también una obligación para la mayoría de ciudadanos, según lo establece el Código de la Democracia.

¿Quiénes deben votar obligatoriamente?

El sufragio es obligatorio para:

  • Ciudadanos entre 18 y 64 años
  • Ecuatorianos residentes en el extranjero que estén dentro del mismo rango de edad
  • Personas con cédula vigente (aunque esté caducada)

Quienes no voten deberán pagar una multa equivalente al 10 % del salario básico unificado, además de enfrentar restricciones en trámites públicos.

¿Quiénes pueden excusarse legalmente de votar?

El artículo 292 del Código de la Democracia detalla los motivos por los cuales un ciudadano puede excusarse de votar, siempre que presente los documentos que respalden su situación.


Estas son las seis causas justificables para no votar y no ser sancionado:

  1. Por mandato legal:Ciudadanos que no puedan ejercer el voto por disposición judicial o legal vigente durante la jornada electoral.
  2. Por motivos de salud o impedimento físico:Se debe presentar un certificado médico emitido por el Sistema Nacional de Salud, ya sea público o privado.En este último caso, el documento debe ser validado oficialmente.
  3. Por calamidad doméstica grave:Comprende situaciones como fallecimientos u otras emergencias familiares ocurridas el mismo día de las elecciones o hasta ocho días antes del proceso.
  4. Por encontrarse fuera del país:Los ecuatorianos que estén en el extranjero o que lleguen al país el mismo día de los comicios pueden justificar su ausencia con pasaporte, boletos aéreos o sellos migratorios.
  5. Por actividades relacionadas con el evento electoral:Quienes cumplan funciones dentro del proceso, como miembros de las Fuerzas Armadas, Policía Nacional, observadores o personal del CNE, pueden justificar su inasistencia.
  6. Por voto facultativo:No están obligados a sufragar los miembros de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional, los jóvenes de 16 y 17 años, y las personas mayores de 65 años, para quienes el voto es voluntario.

¿Dónde y cuándo presentar la justificación ante el CNE?

Las justificaciones deben presentarse ante la delegación provincial del CNE correspondiente al lugar donde el ciudadano está empadronado, acudiendo con los documentos originales.

El organismo recomienda hacerlo dentro de los 30 días posteriores al proceso electoral, con documentos originales o certificados digitales válidos.

Multas por no votar o no integrar una junta receptora

El mismo artículo 292 del Código de la Democracia también establece sanciones económicas para quienes incumplan sus obligaciones electorales:

  • No votar: multa equivalente al 10% de un salario básico unificado (USD 47).
  • No presentarse como miembro de junta receptora del voto: sanción del 15% del salario básico (USD 70,50).
  • Abandonar las funciones durante la jornada electoral: multa del 10% adicional.

Estas sanciones pueden acumularse si el ciudadano comete más de una infracción durante el proceso electoral.

Preguntas del referéndum y consulta popular 2025

Referéndum

A. ¿Está usted de acuerdo con que se elimine la prohibición de establecer bases militares extranjeras o instalaciones extranjeras con propósitos militares y de ceder bases militares nacionales a fuerzas armadas o de seguridad extranjeras, reformando parcialmente la Constitución de conformidad con el anexo de la pregunta?

B. ¿Está usted de acuerdo con que se elimine la obligación del Estado de asignar recursos del Presupuesto General del Estado a las organizaciones políticas, reformando parcialmente la Constitución de conformidad con el anexo de la pregunta?

C. ¿Está usted de acuerdo con reducir el número de asambleístas y que se los elija de acuerdo con los siguientes criterios: 10 asambleístas nacionales; 1 asambleísta elegido por cada provincia; y 1 asambleísta provincial adicional por cada 400.000 habitantes de acuerdo con el último censo nacional?

Consulta popular

¿Está usted de acuerdo en que se convoque e instale una asamblea constituyente, cuyos representantes sean elegidos por el pueblo ecuatoriano, de acuerdo con las reglas electorales previstas en el Estatuto constituyente adjunto, para elaborar una nueva Constitución de la República, la cual entrará en vigencia únicamente si es aprobada posteriormente por las y los ecuatorianos en referéndum?

       

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