El anuncio del presidente de la República, Daniel Noboa, sobre el adelanto del décimo tercer sueldo para los empleados públicos el 14 de noviembre ha generado múltiples interrogantes entre los trabajadores del Estado.
PUBLICIDAD
Una de las más comunes es si el pago incluirá los 12 meses completos o solo los 11 meses laborados hasta esa fecha.
Para resolver esta y otras dudas, Metro Ecuador conversó con la Dra. Solimar Herrera Garcés, decana de la Facultad de Jurisprudencia de la Universidad Central del Ecuador, quien explicó que la medida tiene carácter económico y de competencia exclusiva del Ejecutivo y por lo tanto deberán pagarte el décimo completo.
Una medida económica, no laboral
La Dra. Herrera explicó que el objetivo del adelanto es reactivar el mercado y el aparato productivo, especialmente en vísperas de las compras navideñas.
“El adelanto busca dinamizar la economía, permitir que las familias tengan liquidez para consumir y apoyar al comercio. Debe entenderse como una política económica más que como una modificación legal al pago del décimo tercer sueldo”, puntualizó.
De acuerdo con la letrada, esta disposición no altera el monto total del beneficio ya que sería como cuando un empleado pide adelantar su sueldo.
“El pago no se disminuye ni se aumenta. Es un adelanto del décimo tercer sueldo que ya está contemplado en la planificación presupuestaria de cada institución pública por los 12 meses del año, como corresponde por ley”, explicó.
PUBLICIDAD
¿Qué pasa si un funcionario es desvinculado tras el pago anticipado del décimo tercer sueldo?
La decana aclaró también que, en caso de despido o terminación de la relación laboral tras el pago anticipado, el monto adelantado será descontado en la liquidación correspondiente, tal como lo establecen las normas del sector público.
“Si un servidor es separado después de recibir el adelanto, se le descuenta proporcionalmente ese monto en su liquidación. En el sector público no hay discrecionalidad: las instituciones están facultadas para recuperar esos valores”, indicó Herrera.

Sustento legal y aplicación
El décimo tercer sueldo, conocido también como “bono navideño”, está previsto tanto en el Código del Trabajo como en la Ley Orgánica del Servicio Público (LOSEP).
Este rubro es correspondiente a la doceava parte de las remuneraciones que hubiere percibido el trabajador entre el 1 de diciembre del año pasado y el 30 de noviembre del presente.
Sobre la forma de ejecución, Herrera, detalló que la medida deberá ser formalizada mediante decreto o disposición interna del Ministerio de Economía y Finanzas, que establecerá el procedimiento técnico y jurídico del pago.
“Seguramente el Ministerio emitirá la normativa que respalde esta decisión. El anuncio político del presidente debe complementarse con la parte técnica, es decir, cómo se calculará y cuándo se acreditará oficialmente”, añadió.

Impacto económico y planificación
Desde su visión laboral, Herrera considera que el adelanto no generará desajustes financieros en las instituciones públicas, ya que este rubro forma parte de la planificación presupuestaria anual.
“Los décimos tercero y cuarto sueldos están contemplados dentro del presupuesto institucional. Es un rubro reservado para los derechos laborales y no puede usarse para otros fines”, señaló.
Asimismo, destacó que esta política podría tener un impacto positivo a corto plazo en la economía.
“Los funcionarios públicos viven de su salario. Un adelanto de este tipo representa una inyección de liquidez que puede contribuir a reactivar el consumo y mitigar los efectos de la desaceleración económica que se está viviendo en este tiempo”, sostuvo.
Replantear el sistema de décimos
Finalmente, la académica recordó que, desde la doctrina laboral, existen propuestas de reforma al Código de Trabajo que plantean fortalecer los salarios en lugar de mantener bonificaciones complementarias como los décimos.
“La discusión de fondo es si se debe continuar con este tipo de pagos o mejorar el salario base de los trabajadores. Las bonificaciones nacieron con un sentido histórico, pero hoy el reto es garantizar sueldos más sólidos y sostenibles”, concluyó la jurista Solimar Herrera.
¿Cómo se calcula el décimo tercer sueldo?
Puede ingresar en la página del Ministerio de Trabajo para saber el valor que un trabajador va a recibir hasta el próximo mes.
- Primero, se ingresa a https://calculadoras.trabajo.gob.ec/tercero
- Segundo, se coloca la remuneración de cada mes. De diciembre a noviembre, en ese orden.
- Tercero, el valor agregado ya debe contemplar horas suplementarias, extraordinarias o jornada nocturna.
- Cuarto, se da clic en calcular valores y se tiene el resultado