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¿Cuál es la sanción por la paralización de los servicios públicos?

Interrumpir el suministro de servicios como agua, electricidad o transporte puede llevar a la cárcel.

Cárcel por paralización de servicios públicos
Cárcel por paralización de servicios públicos (Fiscalia)

El delito de paralización de servicios públicos está tipificado en el artículo 346 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) de Ecuador. Esta normativa establece penas para quienes, durante protestas, paros o movilizaciones, impidan el funcionamiento normal de servicios esenciales.

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Lo que establece el COIP

El artículo 346 dice textualmente:

“La persona que impida, entorpezca o paralice la normal prestación de un servicio público o se resista violentamente al restablecimiento del mismo; o, se tome por fuerza un edificio o instalación pública, será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años."

¿A qué servicios se refiere?

La ley considera servicios esenciales aquellos que afectan directamente a la vida cotidiana de la población, como:

  • Agua potable
  • Energía eléctrica
  • Recolección de basura
  • Transporte
  • Comunicaciones
  • Servicios de salud

Cualquier acción que interrumpa estos sistemas, como el bloqueo de vías, cierre de plantas o toma de instalaciones, puede ser considerada como delito, especialmente si se utiliza la fuerza o se impide el trabajo de los técnicos encargados de restablecer el servicio.

¿Aplica durante manifestaciones o paros?

Sí. Aunque la protesta pacífica está garantizada por la Constitución, cuando esta deriva en actos que afectan el funcionamiento de servicios vitales para la población, puede cruzar la línea hacia un delito penal.

Daniel Noboa lanza advertencia a quienes intenten paralizar vías y servicios en protestas

Este 18 de septiembre, el presidente de Ecuador anticipó en Chimborazo que, en atención al pedido de los agricultores y como parte de su compromiso de democratizar el acceso al líquido vital con un sentido de justicia, solicitará a la ministra de Ambiente y Energía, Inés Manzano, revisar cada una de las juntas de agua para que ningún líder gremial intente presionar con retirarles el agua si no se alinean a sus intereses políticos particulares, como históricamente se ha intentado.

“Serán denunciados por terrorismo y se irán 30 años a la cárcel, quien quiera quitarles el agua”, sentenció Noboa.

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