Wilmer Vinicio C. fue sentenciado a veintinueve años y cuatro meses de privación de libertad por su autoría en la violación perpetrada contra su hijastra. La madre de la víctima, Mónica Patricia T., recibió la condena de catorce años y ocho meses de cárcel, en calidad de cómplice.
PUBLICIDAD
¿Cómo ocurrieron los hechos?
Las agresiones sexuales iniciaron luego de que Wilmer Vinicio C. se trasladó a vivir al domicilio de la mamá de la víctima, en el cantón Gualaceo, en 2018. El implicado violentó sexualmente a la niña de 5 años en reiteradas ocasiones, con el pretexto de ayudarla a bañarse.
Su madre fue cómplice
A pesar de que el agresor amenazaba a la niña para que guardara silencio, ella le contó lo sucedido a su mamá, quien no le creyó y siguió obligándola, y hasta golpeándola para que se bañara con su padrastro.
En la audiencia de juicio, la representante de Fiscalía acusó a la madre de la agraviada, al demostrarse que tenía conocimiento de los hechos y que, pese a su obligación de protegerla, su omisión facilitó que se continuara cometiendo el delito.
La última agresión sexual ocurrió en mayo de 2023. Luego, la abuela de la niña las llevó a ella y a su hermano a vivir a su domicilio, con el fin de evitar que continuaran siendo agredidos físicamente por su madre y su padrastro. Meses después, la víctima le confesó los hechos a su tía, quien denunció al implicado en Fiscalía.
Las pruebas
El relato de la víctima –durante su testimonio– fue concordante con los testimonios de sus tíos y de su hermano. Este último presenció que su padrastro llevaba a la fuerza a la niña al baño y que su mamá la agredía físicamente para obligarla a que se bañara con el ahora sentenciado.
Las dos psicólogas que practicaron las valoraciones a la víctima concluyeron que el relato de la niña es creíble y que presenta estrés postraumático relacionado a los hechos denunciados.
PUBLICIDAD
Durante el juicio, Fiscalía también presentó los testimonios del perito que efectuó la valoración médico-legal y de los policías que investigaron el caso y practicaron el reconocimiento del lugar de los hechos.
Con base en estos elementos probatorios, el Tribunal Penal que conoció la causa declaró la culpabilidad de Wilmer Vinicio C. y Mónica Patricia T. También ordenó que los sentenciados paguen 5.000 dólares como reparación integral.
El delito de violación está tipificado en el artículo 171 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) y se sanciona con privación de libertad de diecinueve a veintidós años. La pena se incrementó al considerarse la existencia de circunstancias agravantes de la infracción.