La Corte Constitucional del Ecuador se pronunció sobre las siete preguntas planteadas por el presidente Daniel Noboa en el marco de una nueva Consulta Popular y Referéndum. Tras el análisis jurídico, el organismo aprobó únicamente cuatro preguntas, que serán sometidas a la decisión de los ciudadanos en las urnas. El Gobierno ha planteado como fecha tentativa finales de noviembre de 2025 para la jornada electoral.
Las preguntas que sí van a las urnas
- Contratación laboral por horas en el sector turístico: La Corte avaló que se consulte a la ciudadanía si está de acuerdo con permitir la contratación por horas en este sector específico, bajo un esquema que respete derechos adquiridos y la naturaleza estacional de la actividad.
- Reducción del número de asambleístas: La propuesta de disminuir el número de miembros de la Asamblea Nacional fue admitida como una enmienda constitucional válida para ser decidida en referendo.
- Restablecimiento de bases militares extranjeras en Ecuador: Esta pregunta ya había sido aprobada previamente (en agosto de 2025). Busca que los ciudadanos decidan si autorizan o no el regreso de bases militares extranjeras al país, con el objetivo de fortalecer la lucha contra el crimen organizado.
- Eliminación de los aportes estatales a partidos y movimientos políticos: A través de una reforma parcial, se someterá a votación si se elimina el financiamiento estatal destinado al funcionamiento y campañas electorales de las organizaciones políticas.
Preguntas que no pasaron el filtro
- Reapertura de casinos y salas de juego: La Corte concluyó que la iniciativa era confusa y mezclaba varios temas en una sola pregunta, lo que limitaba la libertad del elector.
- Castración química y registro para agresores sexuales: Fue descartada por no ser idónea ni constitucional, además de carecer de sustento científico sobre su eficacia.
- Eliminación del Consejo de Participación Ciudadana (CPCCS) y juicio político a jueces de la Corte Constitucional: La Corte determinó que estas propuestas alteraban el equilibrio institucional y no podían tramitarse como enmiendas.